Abierta · quedan 15 díasNacionalI+D+i

Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la cultura científica y de la innovación 2026

Plazo de solicitud 16 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 15 días
Código BDNS 915515

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 5,3 M€. Se puede solicitar hasta el 16 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 16 de septiembre de 2026 y las propuestas se compararán entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Está dirigida a grandes empresas y a personas jurídicas que no ejerzan actividad económica y busca impulsar la cultura científica y la innovación mediante proyectos de investigación y desarrollo. El fondo disponible es de 5,3 millones de euros y se entrega como una subvención en efectivo sin que tengas que devolverlo.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Normativa de aplicación y régimen de concesión: La concesión de las ayudas de la FECYT previstas en esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases reguladoras, aprobadas por Orden CIN/1286/2022, de 17 de diciembre, por lo dispuesto en la presente convocatoria, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y los Estatutos de la FECYT, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Adicionalmente, serán de aplicación la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Segundo. Objeto: Regular el procedimiento de concesión de ayudas de la FECYT para la realización de actividades del fomento de la cultura científica y de la innovación 2026, que se desarrollen a través de las siguientes categorías de proyectos: a. Proyectos de comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación b. Programa anual de actividades UCC+I c. Ferias de la ciencia d. Proyectos singulares: Ciencia ciudadana Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad (ACTS) Trío de Eclipses Tercero. Solicitantes y beneficiarios: Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas, las entidades indicadas en el artículo 4 de la Convocatoria con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España. Cuarto. Presupuesto de la convocatoria: El importe global máximo que con carácter estimativo se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria es de 5 300 000 euros, con cargo al presupuesto 2026 de las actividades de fomento de la cultura científica de la FECYT. Quinto. Dotación presupuestaria máxima: Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del setenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite de 100.000 euros por solicitud presentada. Sexto. Plazo: El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará el día 1 de julio de 2026 y finalizará el día 16 de septiembre de 2026, a las 13 horas (hora peninsular española). Una vez elevada a definitiva la solicitud por el responsable de la acción, se deberá proceder a la firma electrónica de los documentos por parte del representante legal de la entidad solicitante. La firma electrónica del formulario y del resto de la documentación se podrá realizar durante todo el periodo de presentación de solicitudes y solo se entenderán debidamente presentadas las solicitudes cuando hayan sido firmadas electrónicamente por parte del representante legal de la entidad solicitante antes de que finalice dicho plazo. Toda solicitud no firmada electrónicamente por el representante legal o representantes legales en el momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes se entenderá como no presentada. Séptimo. Órgano de resolución: La Junta Rectora de la FECYT, por delegación del Patronato de fecha 22 de junio de 2026, previa autorización del órgano competente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, conforme a lo dispuesto por la Disposición Adicional Decimosexta, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Organismo convocante

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES — FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

I+D+i

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación25 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes1 de julio de 2026
Fecha fin de solicitudes16 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónNacional
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadInvestigación, desarrollo e innovación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; INDUSTRIA MANUFACTURERA
Última actualización BD30 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total5,3 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden CIN/1286/2022, de 17 de diciembre, por la que se aprueban la bases reguladoras de las ayudas de la FECYT, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la cultura científica y la innovación.

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