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20 de diciembre de 2023,convoc.2024 Subvenc. a Asociac. y Federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia

Denominación oficial: Resolución de 20 de diciembre de 2023,convoc.2024 Subvenc. a Asociac. y Federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia

Plazo de solicitud 19 de febrero de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 734227

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 1,1 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif): 734227 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA. Primero. Se convoca mediante tramitación anticipada para el ejercicio 2024 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la financiación de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, en el marco de la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020), de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Segundo. Entidades Beneficiarias Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado cuarto del cuadro resumen de las Bases Reguladoras aprobadas por la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020). Los requisitos para solicitar la subvención y su forma de acreditación se recogen en los apartados cuarto y decimoquinto letra b) del cuadro resumen de las Bases Reguladoras. Tercero. Objeto La financiación de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres. Cuarto. Bases reguladoras La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, aprobadas mediante la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020). Quinto. Importe. La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria asciende a 1.100.000 euros. La concesión de las subvenciones se financiará, para el ejercicio 2024, con cargo a las partidas presupuestarias de gastos 1831010000/G/32G/48000/00 01 (700.000 euros) y 1831180000 G/31T/48000/00 S0689 (400.000 euros ), siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 1.100.000 euros, estando limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes y condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley del Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento. En el caso de que se produzca tras dictar la resolución de concesión un eventual aumento del crédito máximo disponible para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución complementaria a la de concesión de subvención, incorporando a todos las entidades solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes y 15 días a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto. Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer.

Organismo convocante

ANDALUCÍA — INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación20 de diciembre de 2023
Fecha inicio de solicitudes28 de diciembre de 2023
Fecha fin de solicitudes19 de febrero de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1,1 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 9 de diciembre de 2020,que aprueban las b.r.para la conc.de subv.por el I.A.M.,en rég.de conc.comp.,a asoc.y feder.de mujeres,para la realización de proyec.que fomenten la participación social de las mujeres,promoción igualdad de género y prevenc

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