Ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia
Denominacion oficial: Convocatoria de ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia
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173.650 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: REGION DE MURCIA. Presupuesto total: 173.650 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
También podrán consultarse en la web del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia. Primera. – Objeto y presupuesto. Se convocan para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares dentro del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) del municipio. La presente convocatoria de ayudas está íntegramente financiada con fondos procedentes de la Administración General del Estado con origen en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Reglamento UE 2021/24, de 12 de febrero). El importe de las ayudas se financiará con cargo a la partida presupuestaria 2024-152- 78000 “Rehabilitación edificatoria viviendas F. Álamo y Pedanías”. La cuantía total máxima para el ejercicio 2024 de las ayudas convocadas es de 173.649,74 euros. Segunda. - Beneficiarios. Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas: Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y las de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva a los que se refiere esta convocatoria, así como de sus viviendas. Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público y las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles. Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. Las agrupaciones de propietarios/as de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hayan otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas. Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como las cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa. Las personas arrendatarias de las viviendas cuando se haya acordado con las propietarias de las mismas que éstas costeen a su cargo las actuaciones de rehabilitación que correspondan, a cambio del pago de la renta, y se haya adoptado el oportuno acuerdo de la comunidad de propietarios o del propietario único necesario para beneficiarse de la ayuda. Tercera. -Plazo presentación de solicitudes. - El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a aquel en que se publique el extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 31 de octubre de 2024. Cuarto. - Forma de presentación de las solicitudes. Las solicitudes y el resto de documentación requerida en esta convocatoria, debidamente cumplimentada y en la forma y plazos establecidos, se deberá presentar en Registro General del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia o en cualquier registro de los señalados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 7 de febrero de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 173.650 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector economico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN |
| Financiacion europea | Mecanismo de Recuperacion y Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada por la UE | Si |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Ordenanza General Reguladora de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente álamo de Murcia |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T19:18:23.846527 |