De 29 de junio de 2026 de la Consejería de Presidencia, Juventud, Acción Exterior y Emergencias, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a jóvenes para la realización de actividades juveniles, durante el año 2026
Denominación oficial: Orden de 29 de junio de 2026 de la Consejería de Presidencia, Juventud, Acción Exterior y Emergencias, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a jóvenes para la realización de actividades juveniles, durante el año 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 460.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
La ayuda se concede en concurrencia competitiva, así que debes presentar solicitud antes del 15 de septiembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de los demás solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Es una subvención en dinero, sin devolución, destinada a jóvenes de 14 a 23 años que no trabajen. Sirve para financiar campamentos, encuentros juveniles o cursos de idiomas en el extranjero que se realicen entre el 1 de septiembre 2025 y el 31 de agosto 2026. El fondo total disponible es de 460 mil euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Objeto y finalidad. 1.-La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de especial concurrencia, ayudas económicas destinadas a jóvenes de edades comprendidas entre 14 y 23 años, para su participación en campamentos, encuentros juveniles y cursos para el aprendizaje de un idioma en el extranjero, que se realicen durante el período comprendido desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026, ambos inclusive. 2.-La finalidad de la concesión de estas ayudas es, por un lado, potenciar la participación de la población joven en actividades de tiempo libre en el marco de la educación no formal, fomentando el intercambio de experiencias, la convivencia y el acercamiento a otras culturas y, por otro, promover la formación en competencias lingüísticas de los jóvenes, habida cuenta de la importancia del estudio de idiomas como medio para facilitar la movilidad y futura inserción laboral de los mismos. Segundo.- Beneficiarios y requisitos. 1.-Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en esta orden, los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos: a) Haber nacido entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2012. b) Estar empadronado en algún municipio de la provincia de la Región de Murcia, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) Haber realizado algún campamento, encuentro juvenil o curso destinado al aprendizaje de un idioma en el extranjero, durante el período comprendido desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026, ambos inclusive, debiendo haber finalizado los mismos en dicha fecha. d) No encontrarse en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No obstante, atendiendo a la naturaleza de las subvenciones objeto de la presente orden, se exceptúa el cumplimiento de los requisitos contemplados en el apartado 2 e) del referenciado artículo. 2.-Los beneficiarios menores de edad, actuarán a través de su representante (padre, madre o tutor). Tercero.- Bases reguladoras. Las bases reguladoras por la que se rigen estas ayudas se han establecido mediante Orden de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, de 18 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a jóvenes para la realización de programas y actividades juveniles (BORM nº 152, de 2 de julio de 2024). Cuarto.- Cuantía de la subvención y dotación presupuestaria. 1.-La cuantía total de las ayudas no podrá superar la cantidad de 460.000,00€ del ejercicio en curso, distribuidas en las diferentes categorías de la línea 1 recogidas en el artículo 3 de las citadas bases reguladoras y con cargo a los créditos de las siguientes partidas de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2026, en virtud de la Orden de 26 de diciembre de 2025 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025, durante el ejercicio 2026: A) Línea 1.1: 350.000,00 € que se destinarán a la financiación de la participación del joven en campamentos y encuentros juveniles, con cargo a la partida presupuestaria 19.02.00.323A.484.41, Proyecto 51125 “Ayudas a jóvenes para la realización de campamentos y encuentros juveniles”. 250 € para la línea 1.1. a), campamentos. 150 € para la línea 1.1.b), encuentros juveniles. B) Línea 1.2: 110.000,00 € que se destinarán a la financiación de la participación del joven en cursos para el aprendizaje de un idioma en el extranjero, con cargo a la partida presupuestaria 19.02.00.323A.484.41, proyecto 51124 “Ayudas a jóvenes para la realización de actividades de aprendizaje de idiomas en el extranjero”, por importe de 400 €. 2.-La distribución de los créditos entre las diferentes categorías de la mencionada línea de subvención tiene carácter estimativo por lo que, en caso de que no se agote el crédito disponible para cada categoría, podrá destinarse el remanente del mismo a financiar las ayudas correspondientes a la otra categoría subvencionable. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. 1.-El plazo de presentación de las solicitudes se extenderá desde el día 1 al 15 de septiembre de 2026, ambos incluidos. 2.-La solicitud electrónica se presentará, a través del Registro Electrónico Único accesible en la dirección electrónica https://sede.carm.es, mediante formulario electrónico específico disponible en el procedimiento 4186 – Ayudas destinadas a jóvenes para la realización de actividades juveniles. Asimismo, podrá presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organismo convocante
REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS
Ámbito
REGION DE MURCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | 85 - Educación |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 460.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto de la Orden de 29/06/2026, de la Consejería de Presidencia, Juventud, Acción Exterior y Emergencias, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a jóvenes para la realización de actividades juveniles, durante el año 2026 ↗
Bases reguladoras
Orden de 18 de junio de 2024 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a jóvenes para la realización de programas y actividades juveniles