Convocatoria para la concesión de ayudas a la adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública
Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE PARCELAS DE SUELO URBANO RESIDENCIAL DE TITULARIDAD PÚBLICA.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Granada. Presupuesto: 39.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir, así que quien cumpla los requisitos y la solicite la obtendrá mientras haya fondos. Es una subvención en efectivo para comprar parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública. Solo pueden pedirla personas físicas mayores de edad, de hasta 35 años, sin actividad económica, con nacionalidad española, de la UE, del EEE o suiza, y que puedan firmar una escritura pública. No hay que devolver el dinero.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto Convocatoria para la concesión de ayudas a la adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública. Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios, siempre y cuando no concurran en alguna de las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las personas físicas mayores de edad que estén en condiciones de suscribir una escritura pública de adquisición y que cumplan los requisitos regulados en estas bases. Segundo. Requisitos: Las personas físicas solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos: a) Ser persona física mayor de edad y tener hasta treinta y cinco años, (incluidos), en el momento de solicitar la ayuda. b) Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias, deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España c) Estar empadronado en el Municipio de Valderrubio con fecha anterior a la publicación de la convocatoria. d) No haber percibido unos ingresos anuales, superiores a 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) correspondiente al periodo a que se refieren dichos ingresos, considerando 14 pagas anuales e) La persona solicitante, o cualquier otro miembro de la familia o unidad de convivencia (a Ayuntamiento de Valderrubio a efectos de la declaración de IRPF) que resida en la vivienda, no podrá ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España. A estos efectos no se considerará que se es persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae únicamente sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de esta por causa de separación o divorcio, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón dediscapacidad de la persona titular o alguna otra persona de la unidad de convivencia. f) No podrán obtener la condición de persona beneficiaria de estas ayudas quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Tercero. Gastos Subvencionables: La convocatoria regulada en las presentes bases tiene por objeto regular ayudas para las actuaciones de adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública, así como la construcción de viviendas en dichas parcelas en régimen de concurrencia competitiva y mediante convocatoria abierta y permanente, durante el ejercicio 2024. Cuarto. Crédito presupuestario y partida: Se establecen los siguientes apartados y líneas de subvención, con cargo a la aplicación presupuestaria 152/78000 del Presupuesto Municipal de 2024 con una cuantía total máxima a otorgar de 39.000,00 €: - Adquisición de parcelas municipales de suelo urbano de uso residencial. Quinto. Plazo de Solicitud: El plazo para la presentación de solicitudes se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y finalizará el día 31 de diciembre de 2024.
Organismo convocante
VALDERRUBIO — AYUNTAMIENTO DE VALDERRUBIO
Ámbito
Granada
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de febrero de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 39.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE PARCELAS DE SUELO URBANO RESIDENCIAL DE TITULARIDAD PÚBLICA.