AbiertaLocalVivienda

Convocatoria para la concesión de ayudas a la adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública

Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE PARCELAS DE SUELO URBANO RESIDENCIAL DE TITULARIDAD PÚBLICA.

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 745662

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Granada. Presupuesto: 39.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir, así que quien cumpla los requisitos y la solicite la obtendrá mientras haya fondos. Es una subvención en efectivo para comprar parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública. Solo pueden pedirla personas físicas mayores de edad, de hasta 35 años, sin actividad económica, con nacionalidad española, de la UE, del EEE o suiza, y que puedan firmar una escritura pública. No hay que devolver el dinero.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Extracto Convocatoria para la concesión de ayudas a la adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública. Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios, siempre y cuando no concurran en alguna de las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las personas físicas mayores de edad que estén en condiciones de suscribir una escritura pública de adquisición y que cumplan los requisitos regulados en estas bases. Segundo. Requisitos: Las personas físicas solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos: a) Ser persona física mayor de edad y tener hasta treinta y cinco años, (incluidos), en el momento de solicitar la ayuda. b) Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias, deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España c) Estar empadronado en el Municipio de Valderrubio con fecha anterior a la publicación de la convocatoria. d) No haber percibido unos ingresos anuales, superiores a 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) correspondiente al periodo a que se refieren dichos ingresos, considerando 14 pagas anuales e) La persona solicitante, o cualquier otro miembro de la familia o unidad de convivencia (a Ayuntamiento de Valderrubio a efectos de la declaración de IRPF) que resida en la vivienda, no podrá ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España. A estos efectos no se considerará que se es persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae únicamente sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de esta por causa de separación o divorcio, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón dediscapacidad de la persona titular o alguna otra persona de la unidad de convivencia. f) No podrán obtener la condición de persona beneficiaria de estas ayudas quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Tercero. Gastos Subvencionables: La convocatoria regulada en las presentes bases tiene por objeto regular ayudas para las actuaciones de adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública, así como la construcción de viviendas en dichas parcelas en régimen de concurrencia competitiva y mediante convocatoria abierta y permanente, durante el ejercicio 2024. Cuarto. Crédito presupuestario y partida: Se establecen los siguientes apartados y líneas de subvención, con cargo a la aplicación presupuestaria 152/78000 del Presupuesto Municipal de 2024 con una cuantía total máxima a otorgar de 39.000,00 €: - Adquisición de parcelas municipales de suelo urbano de uso residencial. Quinto. Plazo de Solicitud: El plazo para la presentación de solicitudes se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y finalizará el día 31 de diciembre de 2024.

Organismo convocante

VALDERRUBIO — AYUNTAMIENTO DE VALDERRUBIO

Ámbito

Granada

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación23 de febrero de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total39.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE PARCELAS DE SUELO URBANO RESIDENCIAL DE TITULARIDAD PÚBLICA.

Bases reguladoras ↗