19 de abril de 2024 por la que se publica la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias
Denominación oficial: Resolución de 19 de abril de 2024 por la que se publica la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 123.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios: 1.,,Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas toda persona física o entidad sin ánimo de lucro, con o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios. 2.,,Para obtener la condición de beneficiario deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Segundo.- Objeto: 1.,,El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a financiar la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión que hayan sido ejecutadas y puestas en servicio con anterioridad al 18 de septiembre de 2003, y que no hayan sido modificadas con posterioridad a esa fecha, en el interior de edificios de viviendas, situadas dentro del territorio del Principado de Asturias. 2.,,Para que las instalaciones resulten subvencionables es necesario que cumplan el vigente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 agosto, y demás normativa aplicable, y que hayan sido ejecutadas entre el 1 de enero de 2024 y el 18 de octubre de 2024 (ambos incluidos). Tercero.- Bases reguladoras: Resolución de 28 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 9 de agosto de 2023) y se corrige error advertido en la misma por Resolución de 26 de diciembre de 2023 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 9 de enero de 2024). Cuarto.- Actuaciones subvencionables y cuantía de la subvención: Crédito convocado: CIENTO VEINTITRÉS MIL EUROS (123.000,00 €) consignado en la aplicación presupuestaria 1702.741G.786.011. La cuantía de las subvenciones se determinará para cada línea de actuación o partes de las mismas, no siendo excluyentes entre sí, y según se especifica en el apartado Quinto de la convocatoria. ",,Línea 1.- Instalación eléctrica interior de la vivienda. ",,Línea 2.- Centralización de Contadores, Línea General de Alimentación, Caja General de Protección (y opcionalmente Derivaciones Individuales). ",,Línea 3.- Instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio. ",,Línea 4.- Instalación eléctrica interior del garaje. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes y se iniciará al día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto.- Otros datos: La solicitud de subvención se formulará conforme al modelo oficial y se acompañará de los documentos especificados en las bases reguladoras y r ecogidos en el resuelvo séptimo. Los modelos y anexos están disponibles en la sede electrónica del principado de Asturias https://sede.asturias.es, indicando en el buscador de cabecera el código de procedimiento AYUD0035T01, en la que se encontrará el texto íntegro de la convocatoria, así como la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. Se dirigirán al Servicio de Gestión Energética con código de identificación (DIR) A03003933. La presentación de la solicitud así como la documentación complementaria se realizará en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación señalada en la Base Quinta de las Bases Reguladoras, aprobadas por Resolución de 28 de julio de 2023 (BOPA de 9 de agosto de 2023). Justificación y abono de la subvención: La justificación de la subvención se realizará de conformidad con lo establecido en el Base Novena de las Bases Reguladoras, aprobadas por Resolución de 28 de julio de 2023, y deberán presentarse los documentos acreditativos de la efectiva realización del gasto subvencionado hasta el 25 de octubre de 2024. No obstante, si en el momento de presentar la solicitud de subvención, puede disponer ya de los documentos que componen el contenido de la cuenta justificativa de estas ayudas a los que hace referencia la base reguladora novena, podrán presentarse los mismos junto a dicha solicitud. En el caso de que, por motivo de retraso en la ejecución de la actuación subvencionada sea previsible la imposibilidad de proceder a la justificación del gasto subvencionado en el plazo establecido en el punto primero del resuelvo decimoprimero, con anterioridad a la expiración del mismo, podrá solicitarse la ampliación del plazo establecido para dicha justificación según se especifica en el apartado Decimocuarto de la convocatoria.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de abril de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 123.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Renuncia CCPP SANTA CATALINA ↗
- RES 30.12.2024 ESTIMACION RECURSO.pdf ↗
- RES 21.12.2024 RENUNCIA GRAL ELORZA.pdf ↗
- RES.29.01.2025.REVOCACION AVDA PORTUGAL ↗
- RES.05.03.2025.REVOCACION CDAD PROP. EUSEBIO MIRANDA 2 ↗
- RES.05.03.2025.REVOCACION CDAD PROP. EUSEBIO MIRANDA 2 ↗
- RES.11.03.2025.REVOCACION CDAD. PROP. CALLE URIA 43 ↗
- RES.11.03.2025.REVOCACION PARCIAL CDAD. PROP. DE AV. ATENAS ↗
- RES.05.03.2025.REVOCACION CDAD. PROP. SAN AGUSTIN ↗
- RES.11.03.2025. REVOCACION PARCIAL CDAD. PROP. DE AV. ATENAS ↗
- RES.11.03.2025.REVOCACION PARCIAL CDAD. PROP. DE AV. ATENAS ↗
- RESOLUCIÓN CONCESIÓN 31.10.2024 CONVOCATORIA DE SUBV BT ↗
- RES.21.03.2025.REVOCACION CDAD. PROP. ALFEREZ PROVISIONAL 4 ↗
- RES.21.03.2025.REVOCACION CDAD. PROP. ALCALDE JOSE FERNANDIN ↗
- Corrección de error bases reguladoras subv baja tension ↗
- Resolución de 19 de abril de 2024 por la que se publica la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias ↗
Bases reguladoras
Resolución de 28 de julio de 2023 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias