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Autonomica

CONVOCATORIA AYUDAS A LA PRODUCCIÓN ARTÍSTICA DE INDUSTRIAS ESCÉNICAS

Estado

No disponible

💰Importe

192.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: La Rioja. Presupuesto total: 192.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los profesionales riojanos y las empresas riojanas que se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de creaciones artísticas escénicas, en los ámbitos del teatro, danza, cine y música. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 6 de la Orden 5/2017, de 9 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas. Segundo.- Objeto La concesión de ayudas para el fomento, mediante la financiación de los gastos de naturaleza corriente y de capital, propios de las producciones artísticas de la industria escénica. La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva. Las entidades solicitantes solo podrán presentar una única solicitud. El plazo de realización de las producciones escénicas será el comprendido entre el 1 de enero y el 10 de noviembre de 2024. Se entienden como realizadas aquellas producciones que han sido estrenadas. No podrán considerarse subvencionables aquellas producciones que realizándose entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024, hayan sido beneficiarias de una subvención en la Resolución de Concesión 2023/1006648, de 27 de noviembre de 2023, del Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud. Tercero. - Bases Reguladoras Orden 5/2017, de 9 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas (Boletín Oficial de La Rioja número 119, de 13 de octubre de 2017). Cuarto. - Cuantía El gasto para financiar estas ayudas asciende a una cuantía total de ciento noventa y dos mil euros (192.000 euros), imputado a las siguientes partidas presupuestarias: 2024/070201.3311.470.01 (Gastos corrientes) - 148.000 euros 2024/070201.3311.770.02 (Gastos de capital) - 44.000 euros Estas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de dieciocho mil euros (18.000 euros). Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto.- Otros datos de interés Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24349) de la página web del Gobierno de La Rioja. Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado de Oficina Electrónica, Área Temática Cultura (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24349), de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Documentación: La prevista en el apartado quinto de la Resolución 68/2024, de 23 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones previstas en la Orden 5/2017, de 9 de octubre (BOR nº 119, de 13 de octubre), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas. Justificación: En lo referente a la justificación del gasto derivado de las producciones subvencionadas, deberá presentarse exclusivamente de forma electrónica desde el procedimiento iniciado con la solicitud, y conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Orden 5/2017, de 9 de octubre (BOR nº 119, de 13 de octubre), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas, siendo necesario aportar documento que acredite la ejecución de la producción artística. Para ser beneficiario de estas subvenciones es requisito imprescindible hacer constar en toda información, publicidad y publicación, que la producción está subvencionada por el Gobierno de La Rioja, según establece el artículo 6, de la Orden 5/2017, de 9 de octubre (BOR nº 119, de 13 de octubre), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas. El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 13 de noviembre de 2024.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion23 de abril de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total192.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector economico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas

Informacion completa

Bases reguladorasORDEN 5/2017, DE 9 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO E INNOVACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA PRODUCCIÓN ARTÍSTICA DE INDUSTRIAS ESCÉNICAS.
Publicacion en diario oficialSi
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Ultima actualizacion BD2026-07-20T15:27:44.293581