CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN POR LA DELEGACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA ACTIVIDADES DE LAS ASOCIACIONES DE VECINOS AÑO 2024
Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN POR LA DELEGACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA ACTIVIDADES DE LAS ASOCIACIONES DE VECINOS AÑO 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Sevilla. Presupuesto: 94.700 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto y finalidad. 1.1- La presente convocatoria, en el marco de las bases aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada con carácter ordinario el día 30 de marzo de 2012 y publicadas en el BOP nº 84 de 12 de abril de 2012, tiene por objeto la concesión de subvenciones por la delegación de Participación Ciudadana para actividades por parte de las asociaciones de vecinos, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2024. 1,2.- La finalidad a conseguir con la presente convocatoria es ayudar a las asociaciones de vecinos en la financiación de los gastos de actividades que se devenguen durante el año 2024. 2.Requisitos para solicitar la subvención Podrán solicitar subvención las asociaciones de vecinos inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas (REMAEC), siempre que cumplan lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra y de conformidad con las respectivas bases reguladoras. 3.Instrucción y Resolución. Las solicitudes serán resueltas por la Junta de Gobierno Local, a propuesta de la delegación de Participación que será quien instruya el procedimiento. 4.Plazo y lugar de presentación de Solicitudes. Las solicitudes serán dirigidas a la sra. Alcaldesa - Presidente del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, según Anexo 1 de las bases reguladoras, acompañado de Anexo 2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia. A la convocatoria se le dará la adecuada publicidad en los medios locales y se expondrá en el tablón de Edictos del Ayuntamiento. 5.Plazo de resolución y notificación Las solicitudes serán resueltas en el plazo máximo de 2 meses, notificándose la misma a las entidades interesadas. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa. 6. De la valoración. Se repartirá linealmente, a cada asociación solicitante de la subvención, el crédito disponible en la partida presupuestaria. En ningún caso la subvención podrá ser superior a los gastos que pretende financiar. 7. Financiación y Pago de las subvenciones. Para la presente convocatoria se establece un crédito de 94.700 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 50201.9242.4890100. El pago de la subvención se efectuará en un solo plazo por la cantidad concedida, mediante transferencia bancaria, debiendo el beneficiario comunicar el código completo de la cuenta bancaria donde desea que le sean abonadas. El pago corresponderá a los gastos de actividades devengados durante el ejercicio 2024. 8. Normativa complementaria. En todo lo no especificado en la presente Convocatoria se estará a lo dispuesto en las Bases Reguladoras publicadas en el BOP nº 84 de 12 de abril de 2012, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el R. Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley y en la Ordenanza Municipal para la Concesión de Subvenciones.
Organismo convocante
ALCALÁ DE GUADAÍRA — AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA
Ámbito
Sevilla
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 8 de mayo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 94.700 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases Reguladoras de Subvenciones de la Delegación de Participación Ciudadana para actividades de las Asociaciones de Vecinos