Resolución, de 14/05/2024, de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se convocan en 2024, por el procedimiento de tramitación anticipada, ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 1,5 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Personas beneficiarias. Se beneficiarán de estas ayudas las entidades que impartan las acciones formativas previstas en las operaciones incluidas en el artículo 4 de la orden de bases y, en concreto, las pequeñas y medianas empresas (en adelante, Pymes) y organizaciones profesionales agrarias u otras asociaciones de ámbito al menos provincial introducidas en el medio rural con capacidad técnica y económica, instalaciones y medios propios adecuados para llevar a cabo las actividades de formación, que reúnan las siguientes condiciones de admisibilidad, establecidas en el apartado segundo de la resolución. Segundo. Objeto Convocar, en 2024, por el procedimiento de tramitación anticipada, ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de cursos y jornadas de formación así como la realización de breves estancias o intercambios entre productores agrarios o forestales y visitas a explotaciones previstas en la Orden 64/2022, de 23 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Tercero. Bases reguladoras. Orden 64/2022, de 23 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, publicada en el DOCM nº 62, de 30 de marzo. Cuarto. Cuantía. Se establece un límite máximo de gasto, reflejados en el Anexo IV de la orden de bases, para cada formato según la modalidad formativa y corresponda con las actuaciones formativas subvencionables del apartado tercero. No obstante, el límite máximo subvencionable por beneficiario para las acciones formativas será de 200.000 euros, para lo que debe tenerse en cuenta los límites máximos de cada acción formativa. Las actividades formativas previstas en el artículo 4.1.b), en cuyo caso la intensidad de la ayuda ascenderá a: - 70% para PYMES microempresas y pequeñas empresas - 60% para PYMES medianas empresas En todo caso los costes indirectos o de organización y de personal de apoyo para el desarrollo de la actividad formativa, no podrán superar el 5% del coste total de la actividad formativa financiable no estando sujetos a costes simplificados. De conformidad con la medida 1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, las ayudas previstas en esta resolución serán cofinanciadas en un 90% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 3% por la Administración General del Estado y en un 7% por los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El presupuesto estimado total previsto para esta convocatoria es de 1.500.000 euros quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el ejercicio presupuestario correspondiente Quinto. Plazo presentación solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Base de Datos Nacional de Subvenciones y su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Sexto. Otros datos. La finalidad de estas ayudas es contribuir a mejorar el conocimiento y la información de las personas dedicadas a actividades agrarias y no agrarias dentro del entorno rural y destinadas a personas que ejerzan o vayan a ejercer su actividad profesional en los sectores agrícola, ganadero, forestal, agroindustrial y agroambiental, para el fomento de la innovación, la cooperación y el desarrollo de la base de conocimientos en las zonas rurales; fomentar el aprendizaje permanente y la formación profesional en el sector agrario y el sector forestal; y restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad incluida en las zonas Natura 2000 y en las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, los sistemas agrarios de alto valor natural, así como el estado de los paisajes europeos. Toledo, 14 de mayo de 2024 La Viceconsejera de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, MARIANA DE GRACIA CANALES DUQUE
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de mayo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden 64/2022, de 23 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de