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Ayudas para dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de los barrios rurales del municipio de Eskoriatza

Denominación oficial: Ayudas para dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de los barrios rurales del municipio de Eskoriatza.

Plazo de solicitud 31 de octubre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 765243

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 8.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BASES POR LAS QUE SE REGULAN Y CONVOCAN AYUDAS PARA DINAMIZAR LA ACTIVIDAD SOCIO-CULTURAL Y/O ECONÓMICA DE LOS BARRIOS RURALES DEL MUNICIPIO DE ESKORIATZA.Con el fin de fomentar la convivencia y la economía en los barrios rurales de Eskoriatza, el Ayuntamiento de Eskoriatza convoca anualmente subvenciones para la organización de actividades socio-culturales y/o económicas que ayuden a las asociaciones de vecinos de las anteiglesias de la localidad a desarrollar, o mantener, la vida rural de Eskoriatza. Las bases que regirán la convocatoria de 2024 son las siguientes.PREÁMBULO1. Objeto.El 21 de diciembre de 2023 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2024- 2027 del Ayuntamiento de Eskoriatza. En este plan se recogen las líneasestratégicas, siendo la séptima de ellas la denominada "promoción económica y social".En esta línea se encuentra el programa para impulsar el medio rural. El objeto es dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de las zonas rurales de municipio. De esta forma, se quiere impulsar el desarrollo y/o el mantenimiento de la vida rural.DISCPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL2. Normativa y régimen aplicable.Estas subvenciones se regirán por las presentes bases y demás normativa vigente en el momento de su concesión, así como por la relación jurídica entre el entidad beneficiaria y la entidad concedente.En lo no previsto en estas bases serán de aplicación:Ordenanza General reguladora del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza (Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 85, de 10 de mayo de 2021).Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11- 2003) y Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en desarrollo de la misma.La Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, y en concreto su artículo 17.25, recoge como competencia propia de losmunicipios "Desarrollo económico y social local y políticas o planes locales de empleo".Plan Estratégico 2024-2027 de subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza (BOG 42, de 28 de febrero de 2024).Ley 1/2016 de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.Artículo 23 del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y para una Vida libre de Violencia Machista contra las Mujeres,aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo.3. Órgano competente.El órgano competente para la aprobación de estas bases es el alcalde (conforme a lo previsto en el artículo 22.2.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local).4. Crédito presupuestario.La dotación presupuestaria será de ocho mil (8.000,00) euros y se financiará con cargo a la partida presupuestaria 0100.481.454.00.01.El importe total de las ayudas a conceder no excederá de la consignación señalada.5. Entidades beneficiarias.Podrán solicitar las ayudas económicas contempladas en las presentes bases las asociaciones integradas exclusivamente por vecinos de las anteiglesias y/o de los barrios rurales que, no teniendo ánimo de lucro, tengan su sede y marco de actuación en el área rural del municipio de Eskoriatza. También podrán solicitar dichas ayudas las asociaciones configuradas por la agrupación de dos o más asociaciones que integren exclusivamente a vecinos de las anteiglesias o barrios rurales del municipio de Eskoriatza.Las personas individualmente consideradas no podrán solicitar subvención.6. Requisitos ser entidad beneficiaria.Las entidades beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:1.- Tener su sede y marco de actuación en el área rural del municipio de Eskoriatza.2.- Carecer de ánimo de lucro y que entre sus fines se encuentre promover mejoras, la convivencia y el desarrollo socio-cultural de la anteiglesia obarrio.3.- Estar legalmente inscritas en el Registro del Gobierno Vasco.4.- Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.5.- No hallarse incurso/a en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.7. Gastos subvencionables, cuantía de las ayudas, y límite.A los efectos de esta convocatoria, se considerará subvencionable lo siguiente:Gastos generados por la organización de actividades socio-culturales en la anteiglesia o barrio y que sirvan para fomentar las relaciones vecinales:asociado a las citadas actividades.Gastos generados por actuaciones menores dirigidas a mejorar, adornar o embellecer los espacios convivenciales del barrio: arreglo de jardines, espaciosQuedan expresamente excluidos de la presente convocatoria:Solicitudes que por su naturaleza u objeto no guarden relación directa con ninguno de los ámbitos de actuación atribuidos al objeto de la convocatoria.Los programas objeto de subvención nominativa y los que tengan inclusión más adecuada o expresa en otras convocatorias de este Ayuntamiento.Cualquier factura que no indique claramente los siguientes datos: proveedor y su NIF o DNI, cliente (la asociación solicitante) y su NIF , concepto, precio eIVA si procede.Tendrán la consideración de subvencionables los gastos de las actividades o acciones realizadas desde el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024.8. Compatibilidad con otras subvenciones.Las ayudas previstas en el presente Programa serán compatibles con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra entidad pública o privada, o por los mismos conceptos, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación; en caso de producirse ésta, la subvención a conceder en virtud de este Programa se reducirá en el exceso.9. Obligaciones de las asociaciones beneficiarias.En caso de concesión de subvención, además de las recogidas en las Bases específicas, son obligaciones de la asociación beneficiaria las siguientes:a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar…

Organismo convocante

ESKORIATZA — AYUNTAMIENTO DE ESKORIATZA

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación3 de junio de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes31 de octubre de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total8.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases por las que se regulan y convocan ayudas para dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de los barrios rurales del municipio de Eskoriatza

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