Ayudas para dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de los barrios rurales del municipio de Eskoriatza
Denominación oficial: Ayudas para dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de los barrios rurales del municipio de Eskoriatza.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 8.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BASES POR LAS QUE SE REGULAN Y CONVOCAN AYUDAS PARA DINAMIZAR LA ACTIVIDAD SOCIO-CULTURAL Y/O ECONÓMICA DE LOS BARRIOS RURALES DEL MUNICIPIO DE ESKORIATZA.Con el fin de fomentar la convivencia y la economía en los barrios rurales de Eskoriatza, el Ayuntamiento de Eskoriatza convoca anualmente subvenciones para la organización de actividades socio-culturales y/o económicas que ayuden a las asociaciones de vecinos de las anteiglesias de la localidad a desarrollar, o mantener, la vida rural de Eskoriatza. Las bases que regirán la convocatoria de 2024 son las siguientes.PREÁMBULO1. Objeto.El 21 de diciembre de 2023 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2024- 2027 del Ayuntamiento de Eskoriatza. En este plan se recogen las líneasestratégicas, siendo la séptima de ellas la denominada "promoción económica y social".En esta línea se encuentra el programa para impulsar el medio rural. El objeto es dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de las zonas rurales de municipio. De esta forma, se quiere impulsar el desarrollo y/o el mantenimiento de la vida rural.DISCPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL2. Normativa y régimen aplicable.Estas subvenciones se regirán por las presentes bases y demás normativa vigente en el momento de su concesión, así como por la relación jurídica entre el entidad beneficiaria y la entidad concedente.En lo no previsto en estas bases serán de aplicación:Ordenanza General reguladora del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza (Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 85, de 10 de mayo de 2021).Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11- 2003) y Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en desarrollo de la misma.La Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, y en concreto su artículo 17.25, recoge como competencia propia de losmunicipios "Desarrollo económico y social local y políticas o planes locales de empleo".Plan Estratégico 2024-2027 de subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza (BOG 42, de 28 de febrero de 2024).Ley 1/2016 de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.Artículo 23 del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y para una Vida libre de Violencia Machista contra las Mujeres,aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo.3. Órgano competente.El órgano competente para la aprobación de estas bases es el alcalde (conforme a lo previsto en el artículo 22.2.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local).4. Crédito presupuestario.La dotación presupuestaria será de ocho mil (8.000,00) euros y se financiará con cargo a la partida presupuestaria 0100.481.454.00.01.El importe total de las ayudas a conceder no excederá de la consignación señalada.5. Entidades beneficiarias.Podrán solicitar las ayudas económicas contempladas en las presentes bases las asociaciones integradas exclusivamente por vecinos de las anteiglesias y/o de los barrios rurales que, no teniendo ánimo de lucro, tengan su sede y marco de actuación en el área rural del municipio de Eskoriatza. También podrán solicitar dichas ayudas las asociaciones configuradas por la agrupación de dos o más asociaciones que integren exclusivamente a vecinos de las anteiglesias o barrios rurales del municipio de Eskoriatza.Las personas individualmente consideradas no podrán solicitar subvención.6. Requisitos ser entidad beneficiaria.Las entidades beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:1.- Tener su sede y marco de actuación en el área rural del municipio de Eskoriatza.2.- Carecer de ánimo de lucro y que entre sus fines se encuentre promover mejoras, la convivencia y el desarrollo socio-cultural de la anteiglesia obarrio.3.- Estar legalmente inscritas en el Registro del Gobierno Vasco.4.- Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.5.- No hallarse incurso/a en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.7. Gastos subvencionables, cuantía de las ayudas, y límite.A los efectos de esta convocatoria, se considerará subvencionable lo siguiente:Gastos generados por la organización de actividades socio-culturales en la anteiglesia o barrio y que sirvan para fomentar las relaciones vecinales:asociado a las citadas actividades.Gastos generados por actuaciones menores dirigidas a mejorar, adornar o embellecer los espacios convivenciales del barrio: arreglo de jardines, espaciosQuedan expresamente excluidos de la presente convocatoria:Solicitudes que por su naturaleza u objeto no guarden relación directa con ninguno de los ámbitos de actuación atribuidos al objeto de la convocatoria.Los programas objeto de subvención nominativa y los que tengan inclusión más adecuada o expresa en otras convocatorias de este Ayuntamiento.Cualquier factura que no indique claramente los siguientes datos: proveedor y su NIF o DNI, cliente (la asociación solicitante) y su NIF , concepto, precio eIVA si procede.Tendrán la consideración de subvencionables los gastos de las actividades o acciones realizadas desde el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024.8. Compatibilidad con otras subvenciones.Las ayudas previstas en el presente Programa serán compatibles con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra entidad pública o privada, o por los mismos conceptos, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación; en caso de producirse ésta, la subvención a conceder en virtud de este Programa se reducirá en el exceso.9. Obligaciones de las asociaciones beneficiarias.En caso de concesión de subvención, además de las recogidas en las Bases específicas, son obligaciones de la asociación beneficiaria las siguientes:a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar…
Organismo convocante
ESKORIATZA — AYUNTAMIENTO DE ESKORIATZA
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de junio de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2024 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 8.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases por las que se regulan y convocan ayudas para dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de los barrios rurales del municipio de Eskoriatza