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CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA ESCOLARIZACIÓN DE MENORES DE TRES AÑOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL. CURSO 2023-2024

Plazo de solicitud 21 de junio de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 766370

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Huelva. Presupuesto: 10.600 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

DECRETO.- Vista la providencia de la Concejalía Delegada de fecha de 20 de mayo de 2024 sobre el inicio de expediente para convocatoria extraordinaria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de acción social, a familias con recursos económicos limitados, para fomentar la escolarización de los/as menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil del municipio para el curso 2023/2024 Visto en el expediente, el informe emitido por los servicios sociales municipales de fecha de 17 de mayo de 2024 Teniendo en cuenta la Propuesta de Resolución de fecha de 3 de junio de 2023 de aprobación de la Convocatoria Extraordinaria de subvenciones en materia de acción social a familias con recursos económicos limitados para fomentar la escolarización de los/as menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil del municipio para el curso 2023/2024. Comprobado que consta en el expediente los informes de Secretaría e Intervención. Considerando lo establecido por el artículo 23 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa -LRSP-, según el cual, la iniciación de oficio del expediente de subvenciones se realizará mediante convocatoria aprobada por el órgano competente. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en las bases reguladoras de las subvenciones municipales previstas en la base nº 26 del presupuesto general para el ejercicio en curso, al amparo del artículo 23.2.a) de la LGS, se prevé la posibilidad que en la propia convocatoria se incluya por su especificidad las bases reguladoras de las ayudas, como es el presente caso (“La convocatoria tendrá necesariamente el siguiente contenido: a)Indicación de la disposición que establezca, en su caso, las bases reguladoras y del diario oficial en que está publicada, salvo que en atención a su especificidad éstas se incluyan en la propia convocatoria”.) Considerando competencia de esta Alcaldía, la concesión de las subvenciones locales, de conformidad con la cláusula residual del artículo 21.1.s) Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, vengo a adoptar la siguiente RESOLUCIÓN: 1.- Aprobar la Convocatoria Extraordinaria para la concesión de las subvenciones en materia de acción social y por concurrencia competitiva, a familias con recursos económicos limitados, para fomentar la escolarización de los/as niños/as menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil del municipio para el curso 2023/2024, de acuerdo a la siguiente descripción prevista en el art. 23 de la LGS, y conforme a las bases reguladoras específicas desarrolladas en el presente Decreto: a) Disposiciones de la convocatoria: Las previstas en el documento adjunto (bases reguladoras) y publicadas en el BOP el mismo día de la convocatoria. b) Créditos presupuestarios: hasta un importe máximo de 10.600,00 euros con cargo a la partida 2310.480.04. c) Objetivo, condiciones y finalidad: Ayudas a familias desfavorecidas del municipio, con la finalidad y objetivos de fomentar la escolarización de sus hijos/as menores 3 años, para favorecer el desarrollo de la autonomía personal, adquisición de competencias, actitudes y aptitudes que le faciliten afrontar el desarrollo de sus vidas de forma saludable, así como la conciliación de la vida familiar y laboral. d) Procedimiento: Concurrencia competitiva.. e) Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos: los previstos en la base 5º de las bases reguladoras. f) Indicación de órganos competentes: los previstos en la base 6º de las bases reguladoras. g) Plazo de presentación de solicitudes: durante 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. h) Plazo de notificación y resolución: previsto en la base 9º de las bases reguladoras. i) Documentos que acompañan la petición: previsto en la base 7ª de las bases reguladoras. j) Posibilidad de reformulación: no se prevé. k) Pone fin a la vía administrativa la Resolución: Cabe recurso de reposición ante la Alcaldía. l) Criterios de valoración de las solicitudes: previsto en la base 8ª. m) Medios de notificación: previsto en la base 9ª. 2.- Publicar la convocatoria y sus bases específicas en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, en tablón de edictos, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como en la web municipal. BASES REGULADORAS ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE SUBVENCIONES, EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL, A FAMILIAS CON RECURSOS ECONÓMICOS LIMITADOS, PARA FOMENTAR LA ESCOLARIZACIÓN DE LOS/LAS NIÑOS/AS MENORES DE TRES AÑOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL DEL MUNICIPIO, PARA EL CURSO 2023-2024 1.- ANTECEDENTES. Las citadas subvenciones se regirán por la presente normativa a favor de las familias con recursos económicos limitados del Municipio, para fomentar la escolarización de los/las niños/as menores de 3 años en los centros educativos del primer ciclo de educación infantil, para el curso 2023-2024, debiendo ser aprobadas por Decreto de Alcaldía y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente, BDNS y en la página web municipal. Se regirán además conforme a lo establecido en la base 26 de ejecución del vigente Presupuesto “Bases Reguladoras de las Subvenciones Municipales”. 2. CUANTÍA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO. Las subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 2310.480.04, AYUDAS ECONOMICAS USUARIOS ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES, hasta un importe máximo de 10.600,00 euros 3. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD. La presente convocatoria tiene por objeto la subvención a las familias con recursos económicos limitados, para fomentar la escolarización de los/las niños/as menores de 3 años en los…

Organismo convocante

MOGUER — AYUNTAMIENTO DE MOGUER

Ámbito

Huelva

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación7 de junio de 2024
Fecha inicio de solicitudes11 de junio de 2024
Fecha fin de solicitudes21 de junio de 2024

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 85 - Educación
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10.600 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA ESCOLARIZACIÓN DE MENORES DE TRES AÑOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL. CURSO 2023-2024