30 julio 2024, de Consejera de Política Social, Familias e Igualdad que aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, para actuaciones incluidas en Plan Corresponsables al amparo Confer Sect de Igualdad abril 2024
Denominacion oficial: Orden 30 julio 2024, de Consejera de Política Social, Familias e Igualdad que aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, para actuaciones incluidas en Plan Corresponsables al amparo Confer Sect de Igualdad abril 2024
Cerrada
531.000 euros
No disponible
13 de septiembre de 2024
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: REGION DE MURCIA. Presupuesto total: 531.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto y finalidad. El objeto de la Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables. Los proyectos subvencionados se enmarcarán dentro de las siguientes líneas de actuación: 1. Servicios de cuidado profesional para familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad. 2. Creación de empleo de calidad. 3. Acciones de formación y sensibilización en corresponsabilidad y cuidados. La finalidad de la subvención es promover la corresponsabilidad desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres y crear empleo de calidad en el sector de los cuidados a través de la financiación de proyectos para el desarrollo de actuaciones y/o prestaciones orientadas a facilitar la conciliación de las familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad mediante la puesta en marcha de servicios de cuidado profesional, la creación de empleo de calidad en el sector de los cuidados, así como la sensibilización y formación de la sociedad, particularmente de los hombres en materia de corresponsabilidad y cuidados. Segundo. Régimen Jurídico de la convocatoria. Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la Orden de convocatoria y en el artículo 2 de la Orden de 20 de mayo 2024 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de esta subvención. Tercero. Ámbito de aplicación: Entidades solicitantes y requisitos. 1. Tendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro debidamente acreditadas que se encuentren en situación que fundamente la concesión de la subvención y que reúnan, además, los requisitos contemplados en el artículo 3 de la Orden de 20 de mayo 2024 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de esta subvención, que se recogen a continuación: a) Asociaciones, federaciones, fundaciones, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales cuyos estatutos tengan entre sus fines u objeto social, promover la igualdad o la corresponsabilidad entre mujeres y hombres. b) Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar, carecer de ánimo de lucro y estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público. c) Estar legalmente constituidas al menos con un año de antelación a la fecha de la Orden de convocatoria de subvención. d) No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. e) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas. f) Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma. Cuarto. Distribución de la financiación por líneas de actuación. El importe total de la financiación prevista es de 531.000 €, que se hará efectiva con cargo a los créditos recogidos en la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, en la partida presupuestaria 18.03.00.323B.481.09, proyectos de gasto 52329, 52330 y 52331, financiados en un 100% por el Ministerio de Igualdad. Las entidades presentarán una solicitud por cada uno de los proyectos para los que soliciten financiación. Las subvenciones que se otorguen atenderán totalmente el importe solicitado para el proyecto, en función del crédito disponible y del orden de prelación resultante tras la aplicación de los criterios de valoración. En el caso de que con el total de las subvenciones concedidas no se agotaran los créditos de la convocatoria, el órgano competente para resolver podrá determinar la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes. 1. Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), hasta el 13 de septiembre del 2024 inclusive. En todo caso, serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera del plazo de presentación previsto, así como las que incumplan los requisitos del artículo 3 de la Orden de convocatoria, siendo tal circunstancia notificada según lo establecido en el artículo 12.3 de dicha Orden. 2. Forma de presentación de las solicitudes y documentación que acompaña a la solicitud. Se presentará una solicitud por cada proyecto que se pretenda desarrollar, que deberá ir firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad, previa su cumplimentación y se realizará por la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia https://sede.carm.es/ a través del procedimiento electrónico 4302 Subvenciones a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo del Plan Corresponsables al que puede acceder a través de la Guía de Procedimientos y Servicios. Las entidades solicitantes deberán presentar junto a la solicitud, la documentación que se refiere en el ártico 7 de la Orden de convocatoria. Sexto. Otros datos. 1. El plazo de ejecución de los proyectos subvencionados abarcará desde el 1 de enero del 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, siendo este periodo improrrogable. 2. El órgano responsable del proceso de justificación de estas subvenciones es la Dirección General Mujer y Prevención de la Violencia de Género. La justificación de la actividad subvencionada se presentará en un plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de los proyectos…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 27 de agosto de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 13 de septiembre de 2024 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 531.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden 20 mayo 2024, Consejera de Política Social, Familias e Igualdad que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, en el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T08:01:32.011764 |