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De 2 de septiembre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio de idiomas para alumnos universitarios, durante el curso académico 2023/2024

Denominación oficial: Orden de 2 de septiembre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio de idiomas para alumnos universitarios, durante el curso académico 2023/2024.

Plazo de solicitud 10 de octubre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 784647

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 300.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/es/sede-electronica.html) utilizando el identificador BDNS. Primero. Beneficiarios. Alumnos universitarios que hayan cursado estudios de grado, máster o doctorado en una de las universidades públicas de Castilla y León, durante el curso académico 2023-2024, o bien que hayan finalizado sus estudios en una de las universidades públicas durante el curso académico 2022-2023. Para poder ser beneficiario de las ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados de las matrículas en un centro de idiomas propio de una universidad pública de Castilla y León, deberá haber formalizado dichas matrículas y haber superado los cursos de idiomas correspondientes en el curso académico 2023/2024. Para poder ser beneficiario de las ayudas destinadas a sufragar los gastos de los derechos de examen de las pruebas de acreditación lingüística, deberá haber superado las pruebas convocadas a tal efecto, en el curso 2023/2024, por los centros de idiomas propios de las universidades públicas de Castilla y León, asociados a la Asociación de Centros de Lenguas de la Enseñanza Superior (en adelante Acles) según modelo Certacles y según las acreditaciones relacionadas en el anexo de la convocatoria, o bien por una de las entidades relacionadas en el anexo de la convocatoria. Asimismo, deberán cumplir los siguientes requisitos de renta familiar neta, que no deberá superar en el año 2023 los umbrales siguientes: Número de miembros computables Hasta un umbral máximo de 1 14.112 € 2 24.089 € 3 32.697 € 4 38.831 € 5 43.402 € 6 46.853 € 7 50.267 € 8 53.665 € A partir del octavo miembro se añadirán tres mil trescientos noventa y un euros (3.391 €) por cada nuevo miembro computable. Están excluidos como beneficiarios los estudiantes extranjeros que estén matriculados en una de las universidades públicas de la Comunidad de Castilla y León al amparo de algún programa de movilidad interuniversitaria, así como los alumnos que soliciten esta ayuda para sufragar los gastos derivados de la matrícula y/o la realización de pruebas de clasificación en las Escuelas Oficiales de Idiomas. Segundo. Objeto. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas al estudio de idiomas para alumnos universitarios de la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2023/2024. Tercero. Bases reguladoras. Orden EDU/769/2020, de 4 de agosto, modificada por Orden EDU/919/2023, de 14 de julio (B.O.C. y L. n.º 175, de 25 de agosto, y nº 141, de 24 de julio, respectivamente). Cuarto. Cuantía. La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de trescientos mil euros (300.000 €). La ayuda a cada beneficiario cubrirá el importe de las matrículas en el centro de idiomas y/o el importe de los gastos de examen de las pruebas de acreditación lingüística, con un máximo de MIL SEISCIENTOS EUROS (1.600 €) por beneficiario. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Organismo convocante

CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Ámbito

CASTILLA Y LEON

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación10 de septiembre de 2024
Fecha inicio de solicitudes13 de septiembre de 2024
Fecha fin de solicitudes10 de octubre de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económico85.3 - Educación secundaria y educación postsecundaria no terciaria; 85.4 - Educación terciaria
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total300.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN EDU/769/2020, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al estudio de idiomas para alumnos universitarios. Modificada por ORDEN EDU/919/2023, de 14 de julio.

Bases reguladoras ↗