De 21 de mayo de 2026 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social
Denominación oficial: Orden de 21 de mayo de 2026 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 45.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede de forma competitiva, así que tienes que presentar la solicitud antes del 15/09/2026 y tu proyecto se comparará con los de otros; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La subvención consiste en un apoyo económico sin devolución para cubrir los gastos que generen acciones que ayuden a que personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social pasen a un empleo ordinario. Sólo pueden solicitarla entidades sin ánimo de lucro, como asociaciones de centros especiales de empleo o empresas de inserción, que operen en Castilla y León.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero. – Objeto. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones que tienen por objeto financiar los gastos ocasionados a las entidades beneficiarias, derivados de las actividades de fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social. Segundo. – Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades asociativas representativas de centros especiales de empleo o de empresas de inserción que carezcan de ánimo de lucro y que tengan ámbito de actuación en Castilla y León. Tercero. – Bases reguladoras. Orden IEM/1217/2023, de 23 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social. Cuarto. – Cuantía. La cuantía de la subvención no podrá superar la cantidad de 25.000 euros, pudiendo cada entidad presentar una única solicitud de subvención, que podrá contener una o varias de las actuaciones descritas en el punto 1 del apartado sexto de la orden de convocatoria. Quinto. – Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 15 de septiembre de 2026.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 27 de mayo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; V - ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 30 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 45.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto de la Orden de 21 de mayo de 2026 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social. ↗
Bases reguladoras
ORDEN IEM/1217/2023, de 23 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social.