Ayudas 2024 por natalidad a familias residentes en Extremadura, s/ Disposición Adicional primera Decreto 114/2024, que las convoca
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: EXTREMADURA. Presupuesto: 500.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es. Primero. Objeto y finalidad. La convocatoria tiene por objeto la concesión de las ayudas por natalidad, por el procedimiento de concesión directa y convocatoria abierta, a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en poblaciones que no superen los 3.000 habitantes. Segundo. Personas beneficiarias y requisitos para la percepción de la ayuda. Podrán obtener la condición de beneficiarias de estas ayudas aquellas personas físicas en quienes concurran los requisitos previstos en el artículo 2 del presente Decreto, siempre que el nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción o situación equivalente en caso de adopción internacional, se haya producido entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2024. Tercero. Bases reguladoras. Decreto 114/2024, de 10 septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el año 2024. Cuarto. Financiación y cuantía. a) Crédito de la convocatoria. 1. El importe de los créditos previstos para la presente convocatoria asciende a 500.000 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, en el proyecto 20240336 "AYUDAS A LA NATALIDAD", Fondo CAG000001, aplicación presupuestaria 11003/252A/48000. 2. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no realizada la ampliación de crédito correspondiente, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de infancia y familias, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas. b) Cuantía individual de la subvención. La cuantía individual de la ayuda se establece en 500 euros por cada hijo/a nacido/a, adoptado o sobre el que se haya formalizado la guarda con fines de adopción. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación simultánea de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura Autónoma de Extremadura (http://doe.juntaex.es), finalizando el 31 de octubre de 2024. Sexto. Otros datos. El formulario de solicitud y demás anexos figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con el Decreto por el que se establecen las bases reguladoras y la primera convocatoria. Asimismo, estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es /w/0702824 en el apartado Trámites. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería a las siguientes direcciones, en función de la provincia de residencia: a) Si se reside en la provincia de Cáceres: Servicio Territorial de Cáceres. Plaza Hernán Cortés, 1. 10001-Cáceres. DIR3 A11030102 b) Si se reside en la provincia de Badajoz: Servicio Territorial de Badajoz. Ronda del Pilar, 10. 06002-Badajoz. DIR3 A11030101
Organismo convocante
EXTREMADURA — SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INCLUSIÓN, INFANCIA Y FAMILIA
Ámbito
EXTREMADURA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de septiembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 98.2 - Actividades de los hogares como productores de servicios para uso propio |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 500.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
DECRETO 114/2024, de 10 de septiembre, de bases reguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la primera convocatoria para el año 2024