BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES, ENTIDADES Y COLECTIVOS PARA LA INSTALACIÓN Y MONTAJE DE CASETAS DE FERIA DE NUESTRA SEÑORA DE LA SALUD 2024.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Córdoba. Presupuesto: 45.500 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
PRIMERA.- OBJETO Y ÁMBITO.- Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, que promueve la Delegación de Fiestas y Tradiciones del Ayuntamiento de Córdoba, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro, que monten caseta en la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024 con la finalidad de apoyar el montaje de la caseta de Feria. Son objetivos específicos de la presente convocatoria: Propiciar la continuidad de las instalaciones de Casetas de Feria por parte de asociaciones y colectivos de la ciudad. Contribuir a la mejora en las infraestructuras de las Casetas de Feria. Fomentar la incorporación de nuevas Casetas al Recinto Ferial. Serán subvencionables los gastos ejecutados entre el 22 de abril y el 7 de junio de 2024, relacionados con el alquiler, instalación, montaje y desmontaje de carpas (estructuras y cubiertas), el alquiler o instalación de los aseos públicos de las casetas, y la instalación o montaje del cerramiento de las fachadas de las casetas de Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024, de acuerdo con las condiciones establecidas en las bases reguladoras. SEGUNDA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS 1.- Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria de subvenciones todas aquellas asociaciones, colectivos y entidades sin ánimo de lucro, que han instalado Casetas de Feria durante la celebración de la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024, cuya adjudicación se efectuó por Decreto número 2024/4954 de fecha 15 de abril, en las que concurran los requisitos fijados en esta convocatoria, debiendo cumplir en todo caso con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba y lo previsto en el Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, Ley General de Subvenciones. 2.- No podrán obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que a continuación se expresan: Las que se encuentra en alguno de los supuestos de exclusión para la obtención de ayudas públicas a que se refiere el artículo trece, apartados a), b), c), d), f) y h) de la Ley 38/2003, de diecisiete de noviembre, General de Subvenciones. Las que no estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según lo previsto en los artículos dieciocho y diecinueve del Reglamento de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de veintiuno de julio. Las que no se hallen al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos del artículo veintiuno del citado Reglamento. Las que no tengan justificadas las subvenciones otorgadas con anterioridad, siempre que el plazo de justificación de dichas subvenciones haya finalizado. Las que hayan sido apercibidas en más de dos ocasiones por el Ayuntamiento de Córdoba por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras de las Casetas de Feria 2024, o de la normativa específica aplicable a las casetas (seguridad pública, higiene, accesibilidad, etc.) y no hayan subsanado el incumplimiento durante la celebración de la misma. Las que hayan obtenido financiación por medio de convenio con cualquier administración, patrocinio o/y colaboraciones de entidades privadas para el mismo concepto. Las que pertenezcan a partidos políticos, sindicatos, instituciones públicas, entidades bancarias o empresariales. Las denominadas “Caseta Joven” o exclusivas de restauración. Las ubicadas en la Calle Guadalquivir con estructura permanente. TERCERA.- BASES REGULADORAS.- Marco general que regula la convocatoria subvenciones para asociaciones, entidades y colectivos para la instalación y montaje de casetas en la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024. Las citadas bases se podrán consultar en el Tablón Electrónico de Anuncios y en la Página Web del Ayuntamiento de Córdoba. CUARTA.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO.- La cantidad destinada a subvencionar los gastos por la instalación y montaje de Casetas de Feria a través de esta convocatoria es de 45.500,00€, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria Z C20 3381 48912 0 PROMOCIÓN. APOYO ASOCIACIONES CASETAS FERIA MAYO, siempre que exista crédito adecuado y suficiente, según el artículo 56.2 del Reglamento de Subvenciones. QUINTA.- CUANTÍA.- La concesión de subvención se verificará en régimen de concurrencia competitiva y con arreglo a una distribución proporcional del importe total destinado a la subvención atendiendo a las puntuaciones obtenidas de los criterios de valoración para cada solicitante que cumpla con los requisitos. El importe máximo a conceder por entidad, con independencia de las líneas a las que se presente será de 3.000,00€. El Ayuntamiento de Córdoba, en esta convocatoria, se reserva la posibilidad de prorratear entre los proyectos seleccionados el gasto presupuestario asignado para esta convocatoria, aún superando, con ello, el límite de los 3.000,00€ previsto en el párrafo anterior, hasta un máximo de 5.000,00€. SEXTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.- El plazo de esta convocatoria será de diez días naturales, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido o la no presentación por vía telematica, serán causas de in admisión de las solicitudes de subvención. Se expondrán además en el Tablón virtual de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/), así como en la Web https://feriasyfiestas.cordoba.es/
Organismo convocante
CÓRDOBA — AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA
Ámbito
Córdoba
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 5 de noviembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 45.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- RESOLUCIÓN ASENTADA CONCESIONES 19801 DE 19/12/24 ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- BASES REGULADORAS CONV SUBVENCIONES CASETAS FERIA 2024 ↗
- Extracto del acuerdo n.º1143/24 de la Junta de Gobierno Local, de fecha 28 de octubre, por el que se aprueban las BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES, ENTIDADES Y COLECTIVOS PARA LA INSTALACIÓN Y MONTAJE DE CASETAS EN LA FERIA DE NTRA. SRA. DE LA SALUD 2024. ↗
Bases reguladoras
MARCO GENERAL QUE REGULA TODAS LAS AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA