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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES, ENTIDADES Y COLECTIVOS PARA LA INSTALACIÓN Y MONTAJE DE CASETAS DE FERIA DE NUESTRA SEÑORA DE LA SALUD 2024.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 794740

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Córdoba. Presupuesto: 45.500 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

PRIMERA.- OBJETO Y ÁMBITO.- Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, que promueve la Delegación de Fiestas y Tradiciones del Ayuntamiento de Córdoba, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro, que monten caseta en la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024 con la finalidad de apoyar el montaje de la caseta de Feria. Son objetivos específicos de la presente convocatoria: Propiciar la continuidad de las instalaciones de Casetas de Feria por parte de asociaciones y colectivos de la ciudad. Contribuir a la mejora en las infraestructuras de las Casetas de Feria. Fomentar la incorporación de nuevas Casetas al Recinto Ferial. Serán subvencionables los gastos ejecutados entre el 22 de abril y el 7 de junio de 2024, relacionados con el alquiler, instalación, montaje y desmontaje de carpas (estructuras y cubiertas), el alquiler o instalación de los aseos públicos de las casetas, y la instalación o montaje del cerramiento de las fachadas de las casetas de Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024, de acuerdo con las condiciones establecidas en las bases reguladoras. SEGUNDA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS 1.- Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria de subvenciones todas aquellas asociaciones, colectivos y entidades sin ánimo de lucro, que han instalado Casetas de Feria durante la celebración de la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024, cuya adjudicación se efectuó por Decreto número 2024/4954 de fecha 15 de abril, en las que concurran los requisitos fijados en esta convocatoria, debiendo cumplir en todo caso con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba y lo previsto en el Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, Ley General de Subvenciones. 2.- No podrán obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que a continuación se expresan: Las que se encuentra en alguno de los supuestos de exclusión para la obtención de ayudas públicas a que se refiere el artículo trece, apartados a), b), c), d), f) y h) de la Ley 38/2003, de diecisiete de noviembre, General de Subvenciones. Las que no estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según lo previsto en los artículos dieciocho y diecinueve del Reglamento de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de veintiuno de julio. Las que no se hallen al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos del artículo veintiuno del citado Reglamento. Las que no tengan justificadas las subvenciones otorgadas con anterioridad, siempre que el plazo de justificación de dichas subvenciones haya finalizado. Las que hayan sido apercibidas en más de dos ocasiones por el Ayuntamiento de Córdoba por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras de las Casetas de Feria 2024, o de la normativa específica aplicable a las casetas (seguridad pública, higiene, accesibilidad, etc.) y no hayan subsanado el incumplimiento durante la celebración de la misma. Las que hayan obtenido financiación por medio de convenio con cualquier administración, patrocinio o/y colaboraciones de entidades privadas para el mismo concepto. Las que pertenezcan a partidos políticos, sindicatos, instituciones públicas, entidades bancarias o empresariales. Las denominadas “Caseta Joven” o exclusivas de restauración. Las ubicadas en la Calle Guadalquivir con estructura permanente. TERCERA.- BASES REGULADORAS.- Marco general que regula la convocatoria subvenciones para asociaciones, entidades y colectivos para la instalación y montaje de casetas en la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2024. Las citadas bases se podrán consultar en el Tablón Electrónico de Anuncios y en la Página Web del Ayuntamiento de Córdoba. CUARTA.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO.- La cantidad destinada a subvencionar los gastos por la instalación y montaje de Casetas de Feria a través de esta convocatoria es de 45.500,00€, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria Z C20 3381 48912 0 PROMOCIÓN. APOYO ASOCIACIONES CASETAS FERIA MAYO, siempre que exista crédito adecuado y suficiente, según el artículo 56.2 del Reglamento de Subvenciones. QUINTA.- CUANTÍA.- La concesión de subvención se verificará en régimen de concurrencia competitiva y con arreglo a una distribución proporcional del importe total destinado a la subvención atendiendo a las puntuaciones obtenidas de los criterios de valoración para cada solicitante que cumpla con los requisitos. El importe máximo a conceder por entidad, con independencia de las líneas a las que se presente será de 3.000,00€. El Ayuntamiento de Córdoba, en esta convocatoria, se reserva la posibilidad de prorratear entre los proyectos seleccionados el gasto presupuestario asignado para esta convocatoria, aún superando, con ello, el límite de los 3.000,00€ previsto en el párrafo anterior, hasta un máximo de 5.000,00€. SEXTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.- El plazo de esta convocatoria será de diez días naturales, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido o la no presentación por vía telematica, serán causas de in admisión de las solicitudes de subvención. Se expondrán además en el Tablón virtual de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/), así como en la Web https://feriasyfiestas.cordoba.es/

Organismo convocante

CÓRDOBA — AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA

Ámbito

Córdoba

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de noviembre de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total45.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

MARCO GENERAL QUE REGULA TODAS LAS AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA