FinalizadaAutonómicaServ. sociales

Ayudas 2025 a personas con ELA residentes en Extremadura. s/ Resolucion de 31 de octubre de 2024 que las convoca

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 796313

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: EXTREMADURA. Presupuesto: 200.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura. Primero. Objeto. Se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de las ayudas económicas destinadas a las personas físicas con diagnóstico de esclerosis lateral amiotrófica en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Segundo. Personas beneficiarias y requisitos para la percepción de la ayuda. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas económicas las personas físicas que, en la fecha de presentación de su solicitud, cumplan los siguientes requisitos: a) Estar empadronados/as y residir legal y efectivamente en cualquier localidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura b) Estar diagnosticadas de la enfermedad de ELA. Tercero. Bases reguladoras. Decreto 80/2024, de 23 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la primera convocatoria (DOE núm. 153, de 7 de agosto). Cuarto. Financiación y cuantía. a) Importe de la convocatoria. 1. El importe de los créditos previstos para la presente convocatoria asciende a un total de 200.000 euros, financiado con fondos Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente ampliación presupuestaria y programa de financiación: 110030000/G/252B/48000/CAG0000001/20240291, “Ayudas enfermos ELA”, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025. 2. La resolución de la convocatoria quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la misma en el ejercicio 2025, de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura (DOE n.º 244, de 21 de diciembre de 2020) 3. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de servicios sociales, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas. b) Cuantía individual de la ayuda. La cuantía fija anual de las ayudas se fija en la cantidad de 2.000 € por persona beneficiaria. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las personas interesadas, una vez publicada simultáneamente en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma (http://doe.juntaex.es) la resolución de la convocatoria y su extracto, podrán formular su solicitud desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. Sexto. Otros datos. El modelo de solicitud estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es/w/0687624 en el apartado Trámites. Las solicitudes podrán presentarse en la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, DIR3A11030105.

Organismo convocante

EXTREMADURA — SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INCLUSIÓN, INFANCIA Y FAMILIA

Ámbito

EXTREMADURA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de noviembre de 2024
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2025
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2025

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico98.2 - Actividades de los hogares como productores de servicios para uso propio
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total200.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Decreto 80/2024, de 23 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la primera convocatoria.

Bases reguladoras ↗