Ayudas para la difusión y dinamización del patrimonio histórico, cultural y artístico para asociaciones y entidades culturales de la provincia de Zaragoza año 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Zaragoza. Presupuesto: 119.305 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Primero: Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que realicen actividades de protección y difusión cultural del patrimonio histórico, cultural y artístico de la provincia de Zaragoza, que tengan personalidad jurídica propia, que estén inscritas en el correspondiente Registro Público, con sede social en algunos de los municipios o entidades locales de la provincia de Zaragoza que cuenten con una población inferior a 50.000 habitantes, de acuerdo con los datos del último padrón actualizado y que cuenten con el correspondiente certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre. Quedarán excluidas aquellas asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que ya vienen recibiendo ayudas anuales directas o consignadas nominativamente en el presupuesto de la Diputación Provincial de Zaragoza, en el ejercicio de 2025. Segundo: Finalidad. La finalidad de la subvención, que se convoca en régimen de concurrencia competitiva, será ayudar a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, cuya es la conservación y difusión cultural del patrimonio histórico mediante el desarrollo de actividades de carácter propio o consustancial con esta finalidad. De este modo, la presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones de la provincia de Zaragoza, para el desarrollo de actividades de patrimonio cultural que se desarrollen desde el día 19 de octubre de 2024 hasta el día 10 de octubre de 2025 (incluido). Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda pública que pudieran obtener para la misma finalidad, siempre y cuando el conjunto de ellas no supere el 80% del coste de la actividad desarrollada. Tercero: Bases Reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Zaragoza (BOPZ nº 99 de fecha 4 de mayo de 2016). Cuarto: Importe. El crédito para esta convocatoria por importe total de 150.000 Euros se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33600/4890100 del Presupuesto de 2025. Este importe es susceptible de ampliación en 30.000 euros adicionales como máximo sin necesidad de una nueva convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento Ley de Subvenciones (aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio). La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención. El órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes y todos los documentos que deban acompañarse a la misma, deberán presentarse obligatoriamente de forma electrónica, a través del certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, en sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza o bien en cualesquiera de los registros electrónicos de otras Administraciones Públicas u organismos públicos de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través del certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre. El plazo para que las solicitudes puedan acogerse a esta convocatoria será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPZ. Las Normas de la convocatoria junto con los anexos están disponibles en sede electrónica y en el Portal de Transparencia de la de la Diputación Provincial de Zaragoza y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE ZARAGOZA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA
Ámbito
Zaragoza
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 21 de marzo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 119.305 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE ZARAGOZA 2024