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CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LA SUBVENCIÓN PARA AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DESTINADAS A FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE IZNÁJAR EJERCICIO 2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 828174

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Córdoba. Presupuesto: 10.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

PRIMERO: BENEFICIARIOS. Podrán ser personas beneficiaras de estas ayudas los progenitores y/o adoptantes, en nombre propio o como representantes de la unidad de convivencia,de un menor nacido o adoptado entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, que no se hayan acogido a este plan de ayudas en la convocatoria 2024 para el mismo nacimiento. SEGUNDO: OBJETO. Fomentar y ayudar a la natalidad de los habitantes del municipio de Iznájar, en apoyo a la familia, a la conciliación de la vida familiar y laboral, y a paliar los gastos originados por el nacimiento o la adopción de uno o más hijos. Las ayudas económicas que serán destinadas a la adquisición de bienes relacionados con las necesidades del menor nacido o adoptado causante de la ayuda: Productos de higiene, alimentación y farmacia, ropa, carrocería y artículos complementarios, pañales y otros de similar naturaleza para el menor por cuyo nacimiento o adopción se solicita la ayuda. TERCERO: BASES REGULADORAS. https://iznajar.es/wp-content/uploads/2025/03/CONVOCATORIA_Y_BASES_REGULADORAS_DE_LA_SUBVENCION_AYUDAS_ECONOMICAS_POR_NACIMIENTO_O_ADOPCION_DESTINADAS_A_FAMILIAS_DEL_MUNICIPIO_DE_IZNAJAR_EJERCICIO_2025.pdf CUARTO: CUANTÍA. La ayuda económica sólo podrá justificarse mediante la realización de en compras en comercios de localidad y tendrá una cuantía de 500 euros por el primer hijo (en el caso de quefuese el primer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).1.000 euros por el segundo hijo (en el caso de que fuese el segundo hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).1.500 euros (en el caso de que fuese el tercer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda) por nacimiento o adopción de hijo/a en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, que no se hayan acogido a este plan de ayudas en la convocatoria 2024 para el mismo nacimiento. QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Hasta el 15 de diciembre.

Organismo convocante

IZNÁJAR — AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR

Ámbito

Córdoba

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación22 de abril de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LA SUBVENCIÓN PARA AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DESTINADAS A FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE IZNÁJAR EJERCICIO 2025

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