Subvenciones 2025 a las entidades locales para los Puntos de Atención Psicológica (Linea II), según convocatoria contenida en Decreto 38/2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: EXTREMADURA. Presupuesto: 2,7 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de las subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género y de los Puntos de Atención Psicológica y se aprueba la primera convocatoria. Línea II: Subvenciones a entidades locales para el funcionamiento de los Puntos de Atención Psicológica de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas de Violencia de Género, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es). Primero. Convocatoria y objeto. Convocatoria para el ejercicio 2025, de las subvenciones destinadas a las entidades locales extremeñas para el funcionamiento de la Red de Oficinas de Igualdad y Violencia de Género, y de los Puntos de Atención Psicológica, línea II: Subvenciones a entidades locales para el funcionamiento de los Puntos de Atención Psicológica de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas de Violencia de Género. El objeto es realizar la convocatoria para el ejercicio 2025 de las subvenciones destinadas a las entidades locales extremeñas para el funcionamiento de los Puntos de Atención Psicológica integrados en la Red Extremeña de Atención a Víctimas de Violencia de Género, previstos en el artículo 88.2 c) de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género. Segundo. Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria de subvenciones para el funcionamiento de los Puntos de Atención Psicológica, Línea II, las entidades locales que cuenten con Punto de Atención Psicológica, relacionadas en el Anexo I del presente Decreto, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 del mismo para obtener tal condición. Las entidades beneficiarias no podrán estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en el Decreto 38/2025, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género y de los Puntos de Atención Psicológica y se aprueba la primera convocatoria. Cuarto. Financiación y cuantía. La cuantía total de la ayuda convocada para esta línea de ayuda asciende a 905.036,00 €, y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, y prorrogados de forma automática para el ejercicio 2025. Su aplicación debe realizarse en los términos de la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, imputándose a la aplicación presupuestaria 02101 / 253A / 46000, con el siguiente desglose por proyectos y anualidades: Aplicación presupuestaria 02101 / 253A / 46000. FF. TE25006001 Proyecto 20190446 “Pacto de Estado contra la Violencia de Género”. Anualidad 2025: 90.217,00€ Anualidad 2026: 90.217,00€ Anualidad 2027: 90.217,00€ Aplicación presupuestaria 02101 / 253A / 46000. FF. CA Proyecto 20210424 “Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género”. Anualidad 2025: 692.319,00 € Anualidad 2026: 692.319,00 € Anualidad 2027: 692.319,00 € Aplicación presupuestaria 02101 / 253A / 46000. FF. TE25007001 Proyecto 20060370 “Asistencia Social Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia de Género” Anualidad 2025: 122.500,00 € Anualidad 2026: 122.500,00 € Anualidad 2027: 122.500,00 € La cuantía de la subvención para financiar los gastos derivados del funcionamiento de los Puntos de Atención Psicológica será una cantidad fija de 41.138 € para cada una de las tres anualidades de la convocatoria. En el supuesto de que el inicio de la actividad objeto de la subvención no coincidiera con el comienzo de la anualidad presupuestaria, la cuantía de la subvención concedida experimentará un descuento proporcional en función del tiempo de retraso producido en el inicio de la actividad para ese año, tomando como referencias las cuantías anuales citadas anteriormente. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es). Sexto. Otros datos. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, accediendo a través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es/w/5890) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud, o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Organismo convocante
EXTREMADURA — INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA
Ámbito
EXTREMADURA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 16 de mayo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,7 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO del Decreto 38/2025, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales para el funcionamiento de las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género y de los Puntos de Atención Psicológica y se aprueba la primera convocatoria. Línea II: Subvenciones a entidades locales para el funcionamiento de los Puntos de Atención Psicológica de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas de Violencia de Género. ↗
Bases reguladoras
Decreto 38/2025, de 13 de mayo, de bases reguladoras para subvenciones a entidades locales para funcionamiento de Oficinas de Igualdad y Violencia de Género y de Puntos de Atención Psicológica y primera convocatoria