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DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL CURSO 2024-2025

Denominación oficial: ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL CURSO 2024-2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 839259

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 200.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios Los alumnos que reúnan los siguientes requisitos: a) Estar matriculados durante el curso 2024/2025 en niveles de la enseñanza obligatoria (Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial), segundo ciclo de Educación Infantil o en Formación Profesional Básica en el centro que les corresponda de acuerdo con la zonificación escolar establecida, o en otro centro decidido por la Comisión de Escolarización o por tratarse de alumnos de Educación Especial o de integración. b) Recorrer una distancia superior a 3 kilómetros desde su domicilio hasta el centro o hasta la parada del servicio de transporte escolar más próxima a su domicilio (considerando un solo recorrido por el itinerario más corto). Esta distancia solo deberá ser superior a 1 kilómetro cuando se trate de alumnos afectados por limitaciones físicas de tipo motórico que deban acudir al centro que les corresponda según la zonificación establecida o a aquel en que hayan tenido que ser escolarizados debido a sus condiciones de accesibilidad. c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad o zona de residencia por no existir en ellas centros sostenidos con fondos públicos que los impartan o por falta de plazas vacantes en ellos. d) En el caso de alumnos escolarizados en régimen de internado en centros con residencia, se podrán conceder las ayudas individualizadas de transporte a todos aquellos que deban desplazarse por sus medios a esos centros cuando no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería. Segundo. Objeto La presente Orden tiene por objeto convocar para el curso académico 2024-2025 las ayudas individualizadas de transporte para colaborar en los gastos de transporte de los alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia en los niveles obligatorios de la enseñanza y segundo ciclo de Educación Infantil y aquellos que cursan Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica, y que no disponiendo de centro docente adecuado al nivel de estudios que deben cursar en la localidad o zona rural donde tengan fijado su domicilio familiar, no puedan hacer uso para asistir al centro de las rutas de transporte escolar contratadas al efecto por esta Consejería. También podrán concederse ayudas individualizadas de transporte para facilitar al alumnado de los niveles de la enseñanza anteriormente citados, escolarizado en centros con residencia dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional, el traslado a sus respectivos domicilios durante los fines de semana, cuando no puedan hacer uso para asistir al centro de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería, así como a alumnos que hayan debido ser escolarizados a través de la Comisión de Escolarización correspondiente, en los niveles educativos indicados, en centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia, ante la imposibilidad de asignarles plaza en un centro dependiente de la Consejería en materia de Educación, o bien por aplicación de planes o programas que persigan un mayor equilibrio en la escolarización de alumnado inmigrante entre los centros públicos y los concertados, y que cumplan el resto de requisitos establecidos en la presente orden. Tercero. Bases Reguladoras Las bases reguladoras por la que se rigen estas ayudas fueron establecidas a través de la Orden de la Consejería de Educación y Universidades de 7 de junio de 2016, publicadas en el BORM número 133 de 10 de junio de 2016. Cuarto. Cuantía El Importe máximo de la convocatoria será de 200.000,00 euros. La cuantía máxima de las ayudas individualizadas de transporte escolar se diversificará conforme a la siguiente escala de kilómetros existentes entre el domicilio familiar y el centro: Hasta 5 kilómetros: 360 euros alumno/curso. De más de 5 hasta 10 kilómetros: 500 euros alumno/curso. De más de 10 hasta 15 kilómetros: 640 euros alumno/curso. De más de 15 hasta 20 kilómetros: 780 euros alumno/curso. De más de 20 hasta 30 kilómetros: 1.060 euros alumno/curso. De más de 30 hasta 40 kilómetros: 1.340 euros alumno/curso. De más de 40 hasta 50 kilómetros: 1.620 euros alumno/curso. De más de 50 kilómetros: 1.900 euros alumno/curso. En cualquier caso, el importe máximo de la ayuda individualizada de transporte que se puede conceder para el curso 2024-2025, será de 5.000 euros por alumno y curso. La cuantía máxima de las ayudas para transporte de fin de semana se diversificará según la distancia existente entre el domicilio familiar y el centro conforme a la siguiente escala: Hasta 20 kilómetros: 312 euros alumno/curso. De más de 20 hasta 40 kilómetros: 536 euros alumno/curso. Más de 40 kilómetros: 760 euros alumno/curso. Cuando concurran circunstancias especiales, que deberán ser debidamente ponderadas por el órgano encargado de la evaluación, se podrán ampliar estas ayudas hasta 2.100 euros por alumno y curso. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo ordinario de presentación de solicitudes será de 10 días contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Sexto. Otros datos Estas ayudas son incompatibles con las que regulan, para la misma finalidad, las convocatorias anuales de becas y ayudas al estudio del Ministerio competente en materia de educación, salvo que se acredite que el coste real de su finalidad supera el importe de la ayuda obtenida de dicho departamento, en cuyo caso se podrá reconocer una compatibilidad parcial o total, sin que en ningún caso supere el coste de la finalidad para la que se concedió la ayuda.

Organismo convocante

REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total200.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de la Consejería de Educación y Universidades de 7 de junio de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas individualizadas de transporte escolar

Bases reguladoras ↗