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Subvención 2025 para Fomento de la Seguridad y Salud en el trabajo para empresas de Extremadura según resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se convocan

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 839469

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: EXTREMADURA. Presupuesto: 180.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 116, el extracto de la Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ), PRIMERO. - Con fecha 18 de junio de 2025, se publicó en el DOE número 116 la Resolución por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025. La citada Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud del Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria (DOE núm. 164, de 23 de agosto), y su corrección de errores publicada en DOE núm. 191, de 1 de octubre. El apartado vigésimo de la Resolución recoge que “El importe total al que asciende la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2025 es de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000€), con cargo a la aplicación presupuestaria 14012.325A.770.00, proyecto de gasto 20001339 “mejora de las condiciones de trabajo en empresas” siendo la fuente de financiación autonómica.” Estos créditos, tienen el carácter de ordinarios y se destinan a sufragar los gastos subvencionables que se detallan en el Decreto, siempre y cuando se realicen dentro del periodo subvencionable fijado en la convocatoria y estén relacionados con la naturaleza de su actividad y la consecución de los fines que les son propios a las entidades beneficiarias. Asimismo, con arreglo a lo establecido en la letra h) del apartado 2 del artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se incluye la previsión de que la cuantía de los créditos fijados en las convocatorias podrán aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria. SEGUNDO. - En el apartado cuarto del extracto citado se dispone lo siguiente: “El importe total del crédito destinado a esta convocatoria asciende a ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €), financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación presupuestaria 14012.325A.770.00, proyecto de gasto 20001339 mejora de las condiciones de trabajo en empresas con fuente de financiación fondos de la Comunidad Autónoma. La cuantía de las subvenciones será del 50% del coste de la inversión subvencionable, con un límite de 20.000 euros por beneficiario, para la totalidad de las inversiones subvencionables realizadas y justificadas.” TERCERO.- En virtud del artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria por procedimiento de concurrencia competitiva conforme a lo establecido en el artículo 23.2.h), exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias. Por su parte, el citado artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura permite ampliar los créditos aprobados en una convocatoria hasta un 20 por ciento de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria. Dicho anuncio, deberá publicarse antes de la resolución de las concesiones, sin que tal publicación implique el inicio de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo para resolver. CUARTO. – El crédito inicial de 150.000 € resulta insuficiente para atender la demanda actual que presenta esta nueva convocatoria. Pese a que no existe un incremento significativo de las solicitudes con respecto a la convocatoria anterior, tras el estudio de oficio realizado, se ha comprobado que las cuantías solicitadas son superiores a las solicitadas en el año anterior, habiéndose realizado inversiones de mayor importe que suponen un gran impacto para la mejora de la seguridad y salud en nuestra región. Por todo lo anterior, y dado que existe crédito disponible en la aplicación presupuestaria 14012.325A.770.00, proyecto de gasto 20001339 “mejora de las condiciones de trabajo en empresas”, se propone el aumento del crédito de 30.000 euros de la convocatoria con el objetivo de incrementar el número de inversiones subvencionables, incidiendo así en el impulso que en materia de prevención de riesgos laborales se concede a los objetivos específicos del referido IX Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura…

Organismo convocante

EXTREMADURA — DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO

Ámbito

EXTREMADURA

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total180.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la comunidad autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General