No disponibleAutonómicaServ. sociales

Ayudas 2025, de la Línea I, a asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas destinadas al fomento de la participación juvenil, según Decreto de 27/05/2025 que las convoca

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 839952

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: EXTREMADURA. Presupuesto: 310.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil (Líneas I, II y III) cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente DOE. Primero. Entidades Beneficiarias. a) Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas de la Línea I, las asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 25 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025, a la fecha de publicación de la convocatoria. b) Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas de la Línea II, las entidades prestadoras de servicios a la juventud que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 28 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025, a la fecha de publicación de la convocatoria. c) Podrán ser grupos beneficiarios de las ayudas de la Línea III, los grupos de jóvenes no asociados que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 32 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025, a la fecha de publicación de la convocatoria. Segundo. Objeto. Se subvencionarán, con cargo a la convocatoria, las siguientes líneas de ayudas: a) Línea I: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de actividades desarrollados por asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas. b) Línea II: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de actividades desarrollados por entidades prestadoras de servicios a la juventud. c) Línea III: Subvenciones destinadas a financiar la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas por grupos de jóvenes no asociados. La finalidad de estas ayudas es apoyar el desarrollo de iniciativas y proyectos que tenga como destinataria la población joven de Extremadura y cuenten entre sus objetivos o medidas de actuación, las señaladas en el artículo 5 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025. Tercero. Bases reguladoras. La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025. Cuarto. Cuantía. a) Para la Línea I. Ayudas a asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas, se destinará una cantidad total de TRESCIENTOS DIEZ MIL EUROS (310.000,00 €); proyecto de gasto 20001210, denominado “PARTICIPACIÓN JUVENIL: AYUDAS AL MOVIMIENTO ASOCIATIVO JUVENIL”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025. Se establece una cuantía mínima de ayuda de 3.000 euros y una máxima de 7.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado por una entidad sea inferior a la cuantía resultante de la aplicación del baremo siguiente, la cantidad subvencionada será equivalente a la solicitada. b) Para la Línea II. Ayudas a entidades prestadoras de servicios a la juventud. se destinará una cantidad total de CIENTO SESENTA MIL EUROS (160.000,00 €); proyecto de gasto 20001210, denominado “APOYO A PROYECTOS DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIO A LA JUVENTUD”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025. Se establece una cuantía mínima de ayuda de 4.000 euros y una máxima de 12.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado por una entidad sea inferior a la cuantía resultante de la aplicación del baremo siguiente, la cantidad subvencionada será equivalente a la solicitada. c) Para la Línea III: Subvenciones destinadas a financiar la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas por grupos de jóvenes no asociados. Importe máximo: CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €); proyecto de gasto 20001210, denominado “AYUDAS A LA INICIATIVA JUVENIL”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025. Se establece una cuantía mínima de ayuda de 3.000 euros y una máxima de 5.000 euros. Quinto. Plazo de presentación. El plazo de presentación será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y de los extractos de las líneas contenidas en la misma previstos en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Organismo convocante

EXTREMADURA — INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA

Ámbito

EXTREMADURA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación13 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico94.9 - Otras actividades asociativas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total310.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025

Bases reguladoras ↗