Ayudas por el empleo en Campezo año 2025
Denominación oficial: Convocatoria de ayudas por el empleo en Campezo año 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Araba/Álava. Presupuesto: 2.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
CONVOCATORIA AYUDAS POR EL EMPLEO EN CAMPEZO 2025 Primero. Beneficiarias Podrán acceder a los incentivos por contratación, las personas, empresas o sucursales de las mismas y organismos que radiquen dentro del término municipal de Campezo, así como aquellas otras que, aun teniendo su sede social fuera del término municipal, de forma esporádica o discontinua efectúen cualquier tipo de actividad o trabajo dentro del mismo en el año 2025 Segundo. Finalidad Las ayudas reguladas en estas bases tienen como objeto fomentar la inserción sociolaboral y el empleo de las personas desempleadas empadronadas o emprendedoras autónomas empadronadas en el término municipal de Campezo, regulando la implantación de ayudas económicas destinadas a apoyar su contratación o su establecimiento por cuenta propia. Tercero. Bases reguladoras Ordenanza aprobada por el Pleno de la Corporación en fecha de 12 de septiembre de 2017. (BOTHA nº 2 de 5 de enero de 2018) Cuarto. Importe 1.- Serán objeto de subvención, siempre que supongan un incremento de la plantilla total de la empresa respecto de la existente los 6 meses anteriores a la fecha de la nueva contratación: a) Los contratos de duración indefinida. No se incluyen los fijos discontinuos: 1.500 euros. b) Los contratos establecidos en el artículo 15.1 apartados a) y b) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con una duración mínima de 12 meses, excepto en los contratos del citado apartado b) cuando el convenio colectivo sectorial no lo permita la duración mínima será la establecida en dicho convenio y, en todo caso, con un mínimo de 6 meses. A los efectos de plantilla total no se tendrá en cuenta el personal trabajador con contrato de interinidad. Si estos contratos tienen duración de al menos un año se subvencionará con 750 euros. Si la duración del contrato es al menos de seis meses la subvención es de 350 euros. Estas cantidades se incrementarán en un 20 por ciento, si se contrata a menores de 30 años que no hayan accedido nunca a ningún empleo, parados de larga duración (12 meses inscritos como demandantes de empleo) o mayores de 55 años que provengan del desempleo. Estos porcentajes no son acumulables entre sí. A los porcentajes anteriores, se les adicionará y acumulará un porcentaje de un 20 por ciento, si la persona contratada es una mujer. 2.- En el supuesto de personas autónomas, se subvencionará con un importe de 1.500 euros, y se incrementará con los porcentajes incluidos en el punto anterior en el supuesto que estuvieran incluidos en alguno de esos colectivos. 3.- En los contratos que se celebren a jornada parcial, con una duración mínima del 50 por ciento de la jornada de trabajo de una persona trabajadora a tiempo completo, los incentivos anteriores se prorratearán en proporción al tiempo de trabajo efectivo. 4.- Estas ayudas quedan limitadas a un máximo de 3 contrataciones por empresa y año, sea cual sea su tiempo de dedicación. No se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas. En el caso de personas autónomas, sólo se subvencionará máximo de un NIF por solicitud. 5.- Las denominaciones sobre tipos de contratos mencionados anteriormente, quedan supeditadas a la normativa laboral vigente en el momento en que se apruebe la correspondiente convocatoria anual. 6.- En caso de que las solicitudes a conceder superen el importe total destinado a las ayudas (2.000 €), se hará un reparto proporcional de esta cantidad entre las personas beneficiarias. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes, junto con la documentación a presentar, se presentarán una vez transcurridos 3 meses desde la contratación o el alta en el IAE durante un período de 6 meses. En el caso de contratos celebrados en el año 2025 que al tiempo de publicarse la presente convocatoria ya hubieran expirado los plazos establecidos en el párrafo anterior o faltarían menos de 15 días naturales para ello, los plazos para realizar la solicitud comenzaran a computar desde la publicación de la convocatoria.
Organismo convocante
CAMPEZO/KANPEZU — AYUNTAMIENTO DE CAMPEZO/KANPEZU
Ámbito
Araba/Álava
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 16 de junio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Convocatoria de ayudas por el empleo en Campezo año 2025