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12 de agosto de 2025 por la que se realiza la convocatoria de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía para la provincia de Huelva

Denominación oficial: Resolución de 12 de agosto de 2025 por la que se realiza la convocatoria de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía para la provincia de Huelva

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 851162

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 803.002 €. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda es una subvención en efectivo sin devolución para poner en marcha la infraestructura básica de proyectos industriales en Andalucía, y se dirige a pymes y a personas físicas que desarrollen actividad económica. La solicitud se presenta de forma competitiva: tienes que presentar tu expediente dentro del plazo que marque la convocatoria y tu propuesta será comparada con otras; cumplir los requisitos no asegura que la recibirás. El fondo total disponible es de 803 002 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: 851162 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria 1. Se convocan en el ejercicio 2025 los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía, de acuerdo con el ámbito material y territorial detallado en los resuelve segundo y tercero. 2. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán por lo establecido en la Orden de 22 de junio de 2023, por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación y, asimismo, por el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE-L-2023-81820 de 15/12/2023 págs. 1-12). 3. Los incentivos serán financiados con cargo a los siguientes créditos presupuestarios del ejercicio 2025, por las cuantías máximas que se especifican a continuación: Ámbitos de competitividad Créditos presupuestarios 2025 Huelva 2100010000 G/73B/77002/00 01 2023000791 461.844,31 € Segundo. Personas o entidades solicitantes y requisitos. 1. Las personas o entidades solicitantes deberán tener la consideración de empresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado, y que la actuación para la que se solicite el incentivo se destine a la actividad económica. 2. Los requisitos para la obtención de la condición de entidad o persona beneficiaria son los establecidos en el apartado 4 del Cuadro Resumen en relación con el artículo 3 del texto articulado de las bases reguladoras tipo aprobadas por Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA n 249, de 30 de diciembre). 3. Asimismo, de conformidad con el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando las entidades solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la condición de beneficiaria o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley. Tercero. Objeto. Los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía tienen como objeto el apoyo económico para cubrir parcial o totalmente las inversiones o gastos abonados durante el año en curso de la correspondiente convocatoria necesarios para la puesta en marcha de proyectos industriales o servindustriales, siempre que se haya puesto de manifiesto el inicio de la inversión. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía (BOJA núm. 122, de 28 de junio), la cual ha sido modificada por la Orden de 27 de junio de 2025 (BOJA n.º 128, de 7 de julio). Quinto. Cuantía. 1. La dotación presupuestaria máxima se refleja en el cuadro del apartado primero. 3. 2. Las cuantías máxima y mínima de la subvención se calcularán conforme a lo establecido 5.a) del Cuadro Resumen. Sexto. Ámbito territorial de la convocatoria. Conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 22 de junio de 2023, se declara como ámbito territorial de competitividad de la la presente convocatoria la provincia de Huelva, y, por tanto, de ámbito provincial individualizadas, con la distribución presupuestaria por ámbito que se indica en el Resuelvo Sexto de la convocatoria. Séptimo. Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes de incentivos será de un mes a contar desde día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 15 de junio de 2024, inclusive, debiendo resultar inadmitidas aquellas solicitudes que sean presentadas fuera de dicho plazo. Octavo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la resolución de convocatoria. En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica. El Secretario General de Industria y Minas. José Javier Alonso Membrives.

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Energía

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de agosto de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económico26 - Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos; 32 - Otras industrias manufactureras
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total803.002 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General