CONVOCAN LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES CORRESPONDIENTES AL CURSO ACADÉMICO 2024/2025
Denominación oficial: ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES CORRESPONDIENTES AL CURSO ACADÉMICO 2024/2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 6.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto: Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Comunidad correspondientes al curso académico 2024-2025 que se indican a continuación: a) Modalidad Danza: 2 premios. b) Modalidad Música: 6 premios. c) Modalidad Artes Plásticas y Diseño: 2 premios. Segundo. Beneficiarios: Alumnado que haya finalizado en el curso académico 2024-2025 las Enseñanzas profesionales de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño en centros educativos de la Región de Murcia que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 27 de octubre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia.” Tercero. Bases reguladoras: Orden de 27 de octubre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia (BORM nº 251, de 30 de octubre de 2017). Cuarto. Premios y dotación económica: La dotación económica de cada premio extraordinario será de seiscientos euros (600,00€), ascendiendo en su totalidad a un máximo de seis mil euros (6.000,00 €). Los premios se financian con cargo a la partida presupuestaria 15.05.00.422L.489.01 proyecto de gasto 45650, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del ejercicio 2025. El premio consistirá en un diploma acreditativo para cada alumno premiado, que será anotado en su expediente y dotación económica individual. Quinto. Forma y plazos de presentación de solicitudes: 1. El alumnado que desee optar a los premios extraordinarios convocados y reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 27 de octubre de 2017, presentará solicitud de inscripción según modelo establecido en los anexos I, II y III de la orden de bases, preferentemente en el centro educativo donde haya finalizado sus estudios de enseñanzas artísticas superiores correspondientes, que actuarán como registro al amparo de la orden de 8 de marzo de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se autoriza a los centros educativos de enseñanzas no universitarias de la Región de Murcia a realizar funciones de registro y presentación de documentos. 2. También podrá presentarse la solicitud en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Región de Murcia, en el Registro Electrónico Único de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Para la cumplimentación de la solicitud deben acceder con la siguiente URL: https://sede.carm.es. En el apartado “Registro y Guía de Procedimientos y Servicios” buscar el procedimiento: 1314 - “Premios extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia”, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3. Para presentar la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”. 4. En caso de que la inscripción sea presentada en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada. 5. Las secretarías de los centros públicos de enseñanzas artísticas profesionales realizarán las funciones de registro, presentación de documentos, compulsas y cualesquiera otras relacionadas con el presente procedimiento. 6. Los directores de los centros públicos, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la finalización del plazo de inscripción, remitirán a la Dirección General competente en materia de enseñanzas de régimen especial las solicitudes presentadas, a las que adjuntarán una certificación académica conforme al modelo establecido en los anexos III y IV de la Orden de bases. 7. Por su parte, la Dirección General competente en materia de enseñanzas de régimen especial, solicitará de los centros educativos las correspondientes certificaciones en el caso de las solicitudes que hayan sido recibidas en ese órgano directivo al no haber sido presentadas por los interesados en el propio centro educativo. 8. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Sexto. Instrucción del procedimiento: La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por la subdirectora general de Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden de bases.
Organismo convocante
REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Ámbito
REGION DE MURCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de septiembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 3 de octubre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 16 de octubre de 2025 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 6.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto de la Orden de 26 de septiembre de 2025, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia correspondientes al curso académico 2024/2025. ↗
Bases reguladoras
Orden de 27 de octubre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia.