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16 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas del Programa MICE para 2025-2026

Denominación oficial: Resolución de 16 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas del Programa MICE para 2025-2026.

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 20 días
Código BDNS 859346

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 500.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma directa, sin competir: la puedes solicitar si cumples los requisitos y habrá fondos para todos los que lo hagan. Está dirigida a personas jurídicas que no tengan actividad económica, como asociaciones, fundaciones o cualquier entidad que organice reuniones de negocio, congresos, seminarios, incentivos de viaje y eventos profesionales de turismo de reuniones presenciales en Castilla‑La Mancha. La subvención se entrega como dinero sin necesidad de devolverlo. Puedes presentar la solicitud hasta el 30 de septiembre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta resolución, todas aquellas instituciones, asociaciones, fundaciones, sociedades o cualesquiera otras entidades privadas o públicas, con independencia de su forma jurídica, que organicen reuniones de negocio, congresos, convenciones, seminarios, incentivos de viaje y cualquier otro evento organizado con motivos profesionales relativo al turismo de reuniones, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, de forma presencial. Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten los servicios y actividades relacionados en el artículo 1 de la Orden 177/2021, de 18 de noviembre. Segundo. Objeto 1. La presente Resolución tiene por objeto convocar, para 2026, la concesión de subvenciones en el marco del Programa "MICE". 2. A través de estas ayudas se pretende promocionar y fomentar la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, como destino turístico para la organización de reuniones de negocio, congresos, convenciones, seminarios, incentivos de viajes y otros eventos de turismo de reuniones organizado con motivos profesionales, que se desarrollen, de forma presencial, en el territorio de Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras Orden 177/2021 de 18 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la organización de turismo de reuniones y otros eventos en el marco del Programa MICE, modificada por la Orden 33/2024 de 27 de febrero de 2024 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones 1. El importe máximo del crédito destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 500.000 euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo para la anualidad 2025-2026. 2. La cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 euros por cada evento de los indicados en el artículo 1, en función del número de participantes presenciales: a) Hasta 50 participantes presenciales: 2.000 euros. b) De 51 a 100: 4.000 euros. c) De 101 a 300: 6.000 euros. d) De 301 a 500: 8.000 euros. e) De 501 en adelante: 10.000 euros. 3. La cuantía total máxima a subvencionar por todos los eventos organizados por cada entidad beneficiaria, será de 28.000 euros, tomando como referencia los importes concedidos en las correspondientes resoluciones de concesión. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 30 de septiembre del 2026, y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO, COMERCIO Y ARTESANÍA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Comercio

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de septiembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes3 de octubre de 2025
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total500.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 33/2024, de 27 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la organización de turismo de reuniones y otros eventos en el marco del Programa MICE

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General