Convocatoria subvenciones en concurrencia a asociaciones de mujeres 2025
Denominación oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA A ASOCIACIONES DE MUJERES 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 10.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero: Beneficiarios: Las entidades beneficiarias serán las Asociaciones de Mujeres que tengan domicilio social en Dos Hermanas y figuren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de esta localidad, con un año mínimo de antigüedad, anterior al de la presente convocatoria. Así mismo, las AAMM que soliciten subvención, habrán de cumplir con los requisitos establecidos en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones. Todos los requisitos deberán mantenerse hasta la aprobación de la correspondiente justificación de gastos. (Art. 5.1 a) de la Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Dos Hermanas. Artículo 13.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones). En cualquier caso, quedan expresamente excluidas de esta convocatoria y bases de subvenciones, aquellas AAMM que para el presente año sean beneficiarias de una subvención de carácter nominativo, haya mediado o no la firma del correspondiente convenio. Segundo. Objeto. 1.- Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres, para los siguientes proyectos de: Mantenimiento y actividades: Proyectos de información y sensibilización social sobre Igualdad entre mujeres y hombres. Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres. Proyectos que contribuyan al desarrollo de las capacidades de las mujeres, para asumir liderazgo, desde una perspectiva de género. Proyectos dirigidos a impulsar la presencia y participación de las mujeres, especialmente jóvenes, en el tejido asociativo. Proyectos de prevención, formación y sensibilización de la violencia contra las mujeres en aplicación de las medidas que se contemplan en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género. b) Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres, para la realización de inversiones de equipamiento que fomenten el uso de las tecnologías de la comunicación como herramientas de dinamización asociativa y de trabajo en red. 2) No serán subvencionables: a) Proyectos que comprendan actividades de ocio. b) Proyectos que no incorporen el enfoque de género. c) Proyectos cuyo objeto sea la atención a mujeres víctimas de violencia. Tercero. Bases reguladoras. Las Bases reguladoras de las subvenciones de la delegación de igualdad publicadas en https://sede.doshermanas.es/sta/docs/GetDocumentServlet?CUD=15707773626474053014&HASH_CUD=513167a6066bb4b675a9e9d241b0a97ec24e59c9&APP_CODE=STA. Cuarto. Cuantía. 1) A los efectos previstos en el apartado sexto de las Bases Reguladoras, se establecen las siguientes cuantías máximas: - 1.500 euros para proyectos de mantenimiento y actividades: • Proyectos de información y sensibilización social sobre Igualdad entre mujeres y hombres. • Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres. • Proyectos que contribuyan al desarrollo de las capacidades de las mujeres para asumir funciones de liderazgo, desde una perspectiva de género. • Proyectos dirigidos a impulsar la presencia y participación de las mujeres, especialmente jóvenes, en el tejido asociativo. • Proyectos de prevención, formación y sensibilización de la violencia contra las mujeres en aplicación de las medidas que se contemplan en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género. - 1.000 euros para proyectos de equipamiento que fomenten el uso de las tecnologías de la comunicación como herramientas de dinamización asociativa y de trabajo en red. 2) El importe de la subvención se corresponderá con el 100% de la cuantía subvencionable solicitada. En ningún caso la cuantía de la subvención solicitada para la ejecución de un proyecto podrá ser superior a las cuantías establecidas en el punto anterior. 3) La concesión de las subvenciones se financiará, para el ejercicio 2025, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de gastos: - La partida presupuestaria de gastos 2310 48004, cuya cuantía máxima asciende a 6.000 euros financiará los siguientes proyectos de mantenimiento y actividades. - La partida presupuestaria de gasto 2310 78003, cuya cuantía máxima asciende a 4.000 euros financiará los proyectos de equipamiento. 4) La cuantía total máxima estará limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes y condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en las Bases de ejecución del Presupuesto que ha de aprobar el Ayuntamiento Pleno para el ejercicio corriente. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de 20 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el B.O.P. Sexto. Otros datos. 1) Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Presidencia del Ayuntamiento de Dos Hermanas, se presentarán conforme al modelo formulario Anexo I que figura como Anexo I de la presente convocatoria. Así mismo se establece como formulario Anexo II y Anexo III los que figuran como Anexo II y Anexo III en la presente convocatoria. 2) Los impresos de solicitud, se podrán obtener en la dirección Web www.doshermanas.es, así como en la sede del Centro Municipal de Información a la Mujer de Dos Hermanas (Sevilla) y se entregarán, preferentemente, en el Registro General. Así mismo se podrán entregar en los restantes Registros Auxiliares, o en los lugares o por los medios previstos, de conformidad con el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3) La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar cualquier consulta que fuese necesaria para la tramitación y resolución del procedimiento de concesión de la ayuda y seguimiento de las obligaciones establecidas para las entidades beneficiarias de las mismas. 4) Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo.
Organismo convocante
DOS HERMANAS — AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 1 de octubre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 7 de octubre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 4 de noviembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- EXTRACTO CONVOCATORIA 2025 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN DE IGUALDAD A ASOCIACIONES DE MUJERES, APROBADA EN JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 01 DE OCTUBRE DE 2025, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS QUE FOMENTEN LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS MUJERES, LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO Y LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. ↗
Bases reguladoras
CONVOCATORIA SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA A ASOCIACIONES DE MUJERES 2025