Concesión por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, de ayudas a la producción de largometrajes y series audiovisuales.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Cantabria. Presupuesto: 155.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA POR LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, S.L. DE AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES Y SERIES AUDIOVISUALES, REALIZADA POR RESOLUCIÓN SRECD/25/09/2025, DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 2025. BDNS (Idenfit.): PRIMERO. OBJETO El objeto de estas ayudas es contribuir a la producción de largometrajes cinematográficos o series de televisión, tanto de ficción, como animación o documentales que reúnan los requisitos previstos en las mismas. SEGUNDO. BENEFICIARIOS Personas físicas o jurídicas constituidas como productoras audiovisuales independientes, que acrediten contar con establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Cantabria, antes de la fecha de publicación del extracto de convocatoria de la ayuda en el Boletín Oficial de Cantabria. Por productor independiente se entiende lo establecido en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. En el caso de coproducciones entre una o más personas físicas o jurídicas, solo podrán ser beneficiarias aquellas partícipes que individualmente reúnan los requisitos previstos para ello en estas bases, debiendo acreditarse que ostentan al menos un 10% de la titularidad de la obra. Las Agrupaciones de Interés Económico (AIE) podrán ser beneficiarias de la ayuda, siempre que al menos uno de los socios reúna las condiciones de productor independiente inscrito en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, con domicilio fiscal o establecimiento permanente en Cantabria desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria de la ayuda en el Boletín Oficial de Cantabria. TERCERO. BASES REGULADORAS Orden UIC/13/2022, de 16 de mayo, de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria, por la que se aprueban y establecen las bases generales reguladoras para la concesión por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., de ayudas a la producción de largometrajes y series audiovisuales (BOC Núm. 100 de 25 de mayo de 2022). CUARTO. CUANTIA La cuantía total destinada a financiar esta convocatoria es de CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155.000,00.- €), con cargos a los presupuestos de la Sociedad para los ejercicios 2025, 2026 y 2027. El importe total de las ayudas que puedan concederse no podrá ser superior al importe de crédito disponible fijado en la convocatoria. La cuantía máxima de ayuda por proyecto no podrá ser superior a la cantidad de CIEN MIL EUROS (100.000,00.- €), siempre que dicha cantidad no sea superior al 75% del crédito destinado a financiar la convocatoria. En ningún caso las ayudas concedidas en dicha convocatoria podrán superar el importe máximo del crédito destinado a financiarlas. Agotado el crédito no se concederán más ayudas. La cuantía individualizada que corresponda a las empresas que puedan reunir la condición de beneficiarias en el caso de coproducciones, se calculará en función del porcentaje que suponga en el total del proyecto y el compromiso de gasto asumido por cada una de ellas. Asimismo, la cuantía de la ayuda no podrá ser superior al 50% del coste reconocido del proyecto, salvo las declaradas obras difíciles, a las que serán de aplicación los límites previstos en el apartado 2 del artículo 21 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. Las bases generales reguladoras de las ayudas establecen que son compatibles con la percepción de otras para la misma finalidad, siempre que su importe conjunto no supere los límites de intensidad establecidos para la actividad subvencionada en el artículo 21 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, del Cine y el artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades. QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE (15.-) DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. SEXTO. OTROS DATOS El plazo máximo de ejecución del proyecto será fijado en la resolución que acuerde la concesión de la ayuda, sin que en ningún caso pueda ser superior a dos años, a contar desde el día siguiente a aquel en que sea notificada la misma. Para fijar ese plazo se tomará en consideración el contenido de la solicitud presentada por el interesado, sin que en ningún caso pueda ser superior al indicado. La solicitud deberá realizarse en el gestor existente en la página web de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, www.srecd.es, cumplimentando el formulario online disponible, al que habrá que acompañar la documentación requerida. Excepcionalmente, la solicitud podrá presentarse de manera presencial en las oficinas de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L. (C/ Gamazo s/n, 39004 Santander), dentro del horario de atención al público, cumplimentado el formulario publicado en la página web de la Sociedad. Información: Dirección electrónica: accion.cultural@srecd.es Web: www.srecd.es SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, S.L. C/ Gamazo, s/n (Palacio de Festivales de Cantabria). 39004 Santander (Cantabria). Santander, a fecha de la firma electrónica La Directora General Dña. María Fernández-Rosillo Torcida Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte S.L
Organismo convocante
CANTABRIA — SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE S.L.
Ámbito
Cantabria
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 8 de octubre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 59 - Producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 155.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Régimen de concurrencia competitiva para la concesión por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, de ayudas a la producción de largometrajes y series audiovisuales.
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 54 REGÍMENES DE AYUDA PARA OBRAS AUDIOVISUALES
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación