De 14 de octubre de 2025, de la Consejería de educación, por la que se convocan ayudas al estudio al alumnado que curse estudios universitarios en la comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2025-2026.
Denominación oficial: Orden de 14 de octubre de 2025, de la Consejería de educación, por la que se convocan ayudas al estudio al alumnado que curse estudios universitarios en la comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2025-2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 4,8 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/universidad). Primero. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el alumnado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúna los siguientes requisitos generales: a) Estar matriculado en alguna universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso 2025-2026. b) Cursar enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de grado o de máster universitario. c) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de las enseñanzas universitarias oficiales para las que se solicita la ayuda. No obstante lo dispuesto en este párrafo c), quienes estén en posesión de un título oficial de grado que haya sido adscrito al nivel 3 (máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), o en posesión de un título oficial de arquitecto, ingeniero, licenciado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o diplomado que haya obtenido la correspondencia con el nivel 3 (máster) del MECES, podrán ser beneficiarios de ayuda para cursar enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de un título de máster universitario. d) Haber resultado beneficiario de la beca de matrícula para el curso académico 2025-2026, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocada mediante la Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación. 2. Asimismo, para ser beneficiario de estas ayudas, el alumnado deberá cumplir con el requisito de estar empadronado en un municipio de Castilla y León en el plazo de la presentación de la solicitud, establecido en el apartado noveno, así como el compromiso de mantenerlo durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro de la ayuda. Segundo. Objeto. 1. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas al estudio al alumnado que curse estudios universitarios en una universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso académico 2025-2026, en las modalidades y para los destinatarios siguientes: a) Aprovechamiento académico para el alumnado que curse segundo y posteriores cursos de enseñanzas universitarias oficiales de grado y para quienes cursen enseñanzas universitarias oficiales de máster universitario. b) Renta para el alumnado de todos los cursos de enseñanzas universitarias oficiales de grado. 2. Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las ayudas para la realización de enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes a doctorado, cursos de adaptación al grado (complementos de formación), así como cursos de especialización y títulos propios de las universidades. Tercero. Bases reguladoras. Orden EDU/1268/2023, de 6 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al estudio al alumnado que curse estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 217, de 13 de noviembre), modificada por Orden EDU/986/2024, de 3 de octubre (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 200, de 14 de octubre). Cuarto. Cuantía. 1. La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL EUROS (4.800.000 €), con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2026, distribuidos de la siguiente manera: a) DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (2.650.000 €) destinados a financiar la modalidad de aprovechamiento académico. b) DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (2.150.000 €) destinados a financiar la modalidad de renta. 2. En el caso de que el crédito presupuestario establecido en el punto 1 no se agote en la concesión de alguna de las modalidades de ayuda, el crédito remanente podrá ser aplicado para financiar la otra modalidad, sin necesidad de modificación de la orden. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 16 de octubre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 21 de octubre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 17 de noviembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | 85.3 - Educación secundaria y educación postsecundaria no terciaria; 85.4 - Educación terciaria |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 4,8 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden EDU/1268/2023 de 6 de noviembre, por la que se establecen las BBRR para la concesión de ayudas al estudio al alumnado que curse estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León , modificada por orden EDU/986/2024, de 3 de octubre.