De 10 de julio de 2026 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental por la que se convocan, para el año 2026, las ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas
Denominación oficial: Orden de 10 de julio de 2026 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental por la que se convocan, para el año 2026, las ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 250.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 14 de agosto de 2026 y tu proyecto se comparará con los de otros solicitantes, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. El objetivo es impulsar el fomento de las razas autóctonas españolas. Está dirigida a organizaciones o asociaciones de ganaderos sin actividad económica que estén reconocidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental de Castilla y León. Se trata de una subvención en efectivo sin devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero.- Objeto La presente orden tiene por objeto convocar, para el año 2026, las ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas. Segundo.- Beneficiarios Organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental de la Junta de Castilla y León que cumplan los requisitos especificados en el punto cuarto de la presente orden de convocatoria. Tercero.- Bases Reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas se rigen por lo establecido en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre («B.O.E.» n. º 295, de 8 de diciembre de 2011), conforme a la Disposición Final Tercera del Real Decreto 1133/2025, de 10 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, que indica con relación a su entrada en vigor que surtirá efectos a partir de la primera convocatoria que se publique para el ejercicio 2027. Cuarto.- Cuantía Las ayudas se concederán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2027, por un importe total máximo de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €). No obstante, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, se podrá ampliar la dotación inicial en una cuantía adicional de hasta ciento veinte mil euros (120.000,00 €) sin necesidad de nueva convocatoria. Quinto.- Plazo de presentación El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León. Sexto.- Delegación de competencia. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera la competencia para la resolución de las solicitudes de ayuda reguladas en la misma.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO RURAL Y POLÍTICA AMBIENTAL
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de julio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 14 de agosto de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01.4 - Producción ganadera |
| Última actualización BD | 14 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 250.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 27 AYUDAS DESTINADAS AL SECTOR GANADERO Y AYUDAS POR GANADO MUERTO
Reglamento UE aplicable
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)