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BASES Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ENTIDAD COLABORADORA EN LA GESTIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A FOMENTO DE EMPLEO JOVEN Y FORMACIÓN DE PERSONAL DE LA CONSTRUCCIÓN

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 864123

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Jaén. Presupuesto: 40.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto y finalidad Se convoca, para el ejercicio 2025, el procedimiento de selección de una entidad colaboradora que actúe en nombre y por cuenta del Ayuntamiento de Andújar en la gestión de las ayudas dirigidas a la formación y contratación de jóvenes de hasta 35 años como personal del sector de la construcción en empresas ubicadas en el municipio. La finalidad de la convocatoria es favorecer la inserción laboral y la mejora de la cualificación profesional de las personas jóvenes, así como apoyar al sector de la construcción local. La cuantía total máxima del programa asciende a 40.000 euros con cargo al Presupuesto Municipal 2025. Segundo. BeneficiariosPodrán concurrir las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro representativas del sector de la construcción en el municipio de Andújar, que cumplan los siguientes requisitos: - Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Andújar. - Tener personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. - Acreditar solvencia técnica y económica, así como experiencia en el ámbito del sector de la construcción, la formación profesional o la promoción del empleo. - Contar con medios personales, materiales y tecnológicos suficientes para la gestión de las ayudas. - Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. - No estar incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Tercero. Procedimiento de selecciónLa selección se realizará en régimen de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, aplicando los criterios de valoración previstos en las bases reguladoras. Cuarto. Solicitudes y plazo de presentaciónLas solicitudes, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán preferentemente a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Andújar (https://andujar.es), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.El plazo de presentación será de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y en la sede electrónica municipal. Quinto. Régimen jurídicoLa convocatoria se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento; la normativa autonómica aplicable; las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal; la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Andújar (BOP n.º 98, de 30 de abril de 2005); y las bases de la convocatoria.

Organismo convocante

ANDÚJAR — AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR

Ámbito

Jaén

Categoría

Empleo

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación23 de octubre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadDesempleo
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total40.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA GENERAL DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR

Bases reguladoras ↗