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Convocatòria de subvencions per a festivls o cicles artístics en micropobles 2026

Denominación oficial: CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER A FESTIVLS O CICLES ARTÍSTICS EN MICROPOBLES 2026.

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 110 días
Código BDNS 864722

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Girona. Presupuesto: 250.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta subvención se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los de otros candidatos, por lo que cumplir los requisitos no asegura que lo obtengas. El objetivo es financiar festivales o ciclos artísticos que se celebren en micropueblos de las comarcas de Girona. Pueden solicitarla ayuntamientos, entidades municipales descentralizadas, personas físicas o jurídicas, tanto con actividad económica como sin ella, siempre que el proyecto encaje en la cultura.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Extracto de la convocatoria anticipada de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para fetivales o ciclos artísticos en micropueblos de las comarcas gerundenses, anualidad 2026. Primero. Descripción de la convocatoria Resolución de 21 de octubre de 2025, de la Junta de Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria anticipada de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, festivales o ciclos artísticos en micropuebolos de las comarcas gerundenses, anualidad 2026. Segundo. Beneficiarios Pueden concurrir a la convocatoria de las subvenciones objeto de estas bases los siguientes destinatarios, en cualquiera de las líneas: ? Ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas de las comarcas gerundenses. ? Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las personas solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Objeto Subvenciones para la financiación de festivales o ciclos artísticos para la creación, la captación y el incremento de público cultural, y de carácter singular, por el hecho de tener lugar en micropueblos de las comarcas gerundenses Cuarto. Bases reguladoras Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para festivales o ciclos artísticos en micropueblos de las comarcas gerundenses, aprobadas por el Pleno de la Diputació en la sesión del 15 de julio de 2025, publicadas inicialmente en el BOPG número 147, de 4 de agosto de 2025. Quinto. Cuantía El importe estimado destinado a la convocatoria es de 250.000,00 €. Las aplicaciones presupuestarias a las que se aplica el crédito, los importes y la distribución de anualidades son los siguientes: Anualidad Aplicación presupuestaria Importe (€) 2026 300/33400/4810200 - Ayudas a entidades no lucrativas creación de públicos para la cultura 250.000,00 € Total 250.000,00 € También se vinculan a esta convocatoria las aplicaciones 300/33400/4680100, 300/33400/4790200 y 300/33400/4810200 con una estimación de gasto que inicialmente es cero. La distribución de estos importes tiene carácter estimativo, y podrán redistribuirse entre las aplicaciones presupuestarias anteriores en el mismo acto de concesión de las subvenciones. Con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ser ampliado con una cantidad adicional de 200.000,00 €, derivada de créditos sobrantes de otras convocatorias, modificaciones de crédito, etc. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito con carácter previo a la resolución de las subvenciones y la aprobación del aumento de la convocatoria. Si la cuantía adicional se incorpora con posterioridad a la reunión de la Comisión Calificadora, se propondrá concederla entre los solicitantes cuyas solicitudes no se hayan podido atender por carencia presupuestaria y, en todo caso, siguiendo el orden y según la puntuación concedida por la Comisión calificadora. En caso necesario, en el acuerdo de la resolución podrán redistribuirse estas dotaciones, en función de las solicitudes recibidas, previa modificación presupuestaria, si procede. Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes empieza el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPG hasta el 19 de enero de 2025 a las 14.30 h. Será preciso formular las solicitudes mediante el modelo normalizado disponible en el web de la Diputació de Girona, acompañado de la documentación prevista en el artículo 7 de las bases reguladoras. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas digitalmente por la persona interesada o por quien represente legalmente a la entidad, se presentarán por la plataforma de subvenciones de la Diputación de Girona en el plazo que se establezca en la convocatoria. Se podrán utilizar los sistemas de firma electrónica aceptados por la Diputació de Girona especificados en la Sede electrónica. En caso de que el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes coincida en sábado o festivo, dicho plazo finalizará el siguiente día hábil. Séptimo. Régimen de recursos La resolución de la convocatoria pone fin a la vía administrativa. Contra esta resolución procede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación. Alternativamente, y de forma potestativa, puede interponerse un recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de la Diputació de Girona, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación.

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA

Ámbito

Girona

Categoría

Cultura

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación27 de octubre de 2025
Fecha inicio de solicitudes15 de octubre de 2025
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total250.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORES DE SUBVENCIONS PER A FESTIVALS O CICLES ARTÍSTICS EN MICROPOBLES DE LES COMARQUES GIRONINES - 2026

Bases reguladoras ↗