Abierta · quedan 212 díasAutonómicaAgricultura

Convocatoria segundas ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización productos agrícolas acometidos por la industria alimentaria incluidas en el plan estratégico de la Política Agraria Común de Cantabria 23-27- (RUE 2022/2472)

Plazo de solicitud 31 de marzo de 2027
Estado Abierta · quedan 212 días
Código BDNS 865266

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CANTABRIA. Presupuesto: 21,6 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de marzo de 2027. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda es una subvención en efectivo para financiar inversiones que mejoren la transformación y la comercialización de productos agrícolas por parte de la industria alimentaria en Cantabria. Está dirigida a pymes y a personas físicas que lleven a cabo una actividad económica en ese sector. Se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar la solicitud antes del 31 de marzo de 2027; las propuestas se evaluarán y cumplir los requisitos no garantiza recibir el dinero. El fondo total disponible es de 21,6 millones de euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios. 1. Serán beneficiarios de las ayudas reguladas en la Resolución de convocatoria las industrias alimentarias privadas con personalidad física, jurídica, comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica, que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la Resolución y sobre las que recaiga la carga financiera y la responsabilidad final de las inversiones subvencionables y la realización de actividad para la que se otorga la ayuda. 2. El cálculo de los efectivos y los importes financieros se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003. 3. No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Los citados extremos se acreditarán por parte de los solicitantes y beneficiarios de las ayudas a través de la presentación de los correspondientes certificados y declaraciones responsables. 4. No se concederán ayudas a empresas en crisis, de acuerdo con la definición y condiciones establecidas en las directrices comunitarias sobre las ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis. 5. Las comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica no podrán acceder a la condición de beneficiarias cuando concurra en cualquiera de sus miembros alguna de las prohibiciones establecidas en el citado artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Segundo. Objeto. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las segundas ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas acometidos por la industria alimentaria e incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de Cantabria 2023-2027. Tercero. Bases reguladoras. Orden DES/32/2023, de 8 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas acometidos por la industria alimentaria e incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (BOC nº 218, de 14 de noviembre de 2023), modificada por la Orden DES/23/2025, de 2 de junio (BOC nº 109, de 9 de junio de 2025). Cuarto. Cuantía. 1. La ayuda establecida en la convocatoria, prevista con una dotación económica máxima total de 21.607.136 euros, será financiada en el 2027, 2028 y 2029, y se distribuirá de la siguiente forma: a) Por lo que se refiere al año 2027,1.300.000 euros que serán financiados por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.05.413A.771, o equivalente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2027. b) Por lo que se refiere al año 2028, 10.359.520 euros que serán financiados de la siguiente forma: - 2.464.000 euros, de los cuales 1.059.520 euros (43%) se financiarán por parte de la Unión Europea a través del FEADER y 1.404.480 euros (57%) se financiarán por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.05.413A.771, o equivalente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2028. - 7.895.520 euros por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.05.413A.771, o equivalente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2028. c) Por lo que se refiere al año 2029, 9.947.616 euros que serán financiados de la siguiente forma: - 1.506.084 euros, de los cuales 647.616 euros (43%) se financiarán por parte de la Unión Europea a través del FEADER y 858.468 euros (57%) se financiarán por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.05.413A.771, o equivalente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2029. - 8.441.532 euros por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.05.413A.771, o equivalente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2028. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Los interesados deberán presentar las solicitudes de ayuda, que irán dirigidas a la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será hasta el 31 de marzo de 2027, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria.

Organismo convocante

CANTABRIA — CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Ámbito

CANTABRIA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de octubre de 2025
Fecha inicio de solicitudes3 de noviembre de 2025
Fecha fin de solicitudes31 de marzo de 2027

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total21,6 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden DES/32/2023, de 8 de noviembre, se establecen las B.R. de las ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas acometidos por industria alimentaria e incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 23-27

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 17 AYUDAS DESTINADAS A LAS INVERSIONES RELACIONADAS CON LA TRANSFORMACIÓN O COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS

Reglamento UE aplicable

OTROS DISTINTOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)