De 30 de octubre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultados beneficiarios de las becas del programa Erasmus+
Denominación oficial: Orden de 30 de octubre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultados beneficiarios de las becas del programa Erasmus+
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 1,2 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/universidad) Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan, los alumnos de las universidades de Castilla y León que, cursando estudios oficiales de educación superior de grado, máster o doctorado, sean beneficiarios de una beca Erasmus+ de movilidad de estudiantes en instituciones de educación superior que pertenezcan a alguno de los países determinados en el anexo de esta convocatoria, con las que las universidades de Castilla y León tengan firmados los correspondientes acuerdos interinstitucionales, con fines de estudio, para el curso académico 2025/2026. Segundo. Objeto. 1. Convocar ayudas complementarias, en régimen de concesión directa al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, destinadas a los estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+ de movilidad con fines de estudio, para el curso académico 2025/2026. 2. Las ayudas se destinarán a complementar la financiación de los gastos de estancia en el país de destino derivados de la participación de los estudiantes de las universidades de Castilla y León en el programa de movilidad anteriormente indicado por una duración mínima de dos meses y máxima de doce meses, por ciclo de estudios. Tercero. Bases reguladoras. Orden EDU/897/2017, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y león que hayan resultado beneficiarios de las becas del programa Erasmus +, de movilidad con fines de estudio (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 203, de 23 de octubre de 2017), y Orden EDU/1507/2020, de 15 de diciembre, por la que se modifica la Orden EDU/897/2017, de 11 de octubre, (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 262, de 21 de diciembre de 2020). Cuarto. Cuantía. 1. La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de un millón ciento cincuenta mil euros (1.150.000 €). 2. La cantidad que se conceda a cada beneficiario será la resultante de multiplicar el importe mensual de la ayuda, obtenida con arreglo a lo dispuesto en el párrafo anterior, por el número de meses, o fracción, de la estancia prevista, teniendo en cuenta que dicha cantidad, aisladamente o en concurrencia con otras, no puede llegar a superar el importe de la actividad subvencionada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto de la orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de noviembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | 98 - Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,2 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Incremento de crédito ↗
- Incremento de crédito 2 ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- EXTRACTO de la Orden de 30 de octubre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudio, para el curso académico 2025/2026. ↗
Bases reguladoras
Orden EDU/897/2017, de 11 de octubre, por la que se establecen las BBRR para la concesión de ayudas complementarias destinadas a estudiantes universitarios de C y L que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+.Modif O EDU/1507/2020