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AutonomicaPlazo abierto

Resolución de 19 de noviembre de 2025, Convocatoria 2025 de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral Vulnerables

Estado

No disponible

💰Importe

100.000.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: ANDALUCIA. Presupuesto total: 100.000.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concesion directa: concedida sin concurso publico.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identificación): 869707 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria. 1. Convocar para el año 2025, las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral. Serán destinatarias del Programa para esta convocatoria, las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo pertenecientes a los colectivos vulnerables, identificados en el apartado 2.a).4.a) 1º a 6º del Cuadro Resumen de la Orden y de conformidad con lo establecido en el resolutorio sexto. 2. Las ayudas se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos del presupuesto de Servicio Andaluz de Empleo correspondiente a las siguientes partidas presupuestarias, y con una cuantía máxima de cien millones de euros (100.000.000€). Importe Importe Importe Línea Partidas Medida Partidas Importe Partidas Importe Total Subvencionable Presupuestaria Comunitaria en € en € en € en € en € 2025 2025 2027 2027 Programa 1439168023 D442HBF3ER Proyectos Integrales G/32L/46000/00 16.000.000 4.000.000 Colectivo G/32L/47000/00 32.000.000 8.000.000 Vulnerables G/32L/48000/00 32.000.000 8.000.000 80.000.000 20.000.000 100.000.000 Los compromisos de gastos de carácter plurianual adquiridos serán conforme a lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y su normativa de desarrollo, conforme a las distribuciones por anualidades e importes establecidos en la presente convocatoria. 3.Las subvenciones se financian con cargo a la medida comunitaria D442HBF3ER, en el marco del Programa FSE+ de Andalucía 2021-2027, que tiene una tasa de cofinanciación del 85 por ciento, computando como financiación de la Administración de la Junta de Andalucía el 15 por ciento restante. 4. La distribución de los créditos entre partidas presupuestarias tiene carácter estimativo. Los créditos de aquellas partidas presupuestarias que no queden agotados podrán incrementar el resto de partidas presupuestarias en función del grado de ejecución de las mismas. 5. Las cuantías establecidas en el apartado 2 podrán ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso, se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de las ayudas que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible. 6. En el supuesto que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes establecido en esta convocatoria se agotase el crédito, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía una resolución acreditando tal extremo para su general conocimiento, la cual pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes. 7. Conforme a lo establecido en la Disposición adicional segunda de las bases reguladoras las subvenciones quedan acogidas con carácter general a las opciones establecidas en el artículo 53.1.e) (una combinación de las modalidades mencionadas en las letras a) a d), siempre que cada modalidad de subvención cubra diferentes categorías de costes o cuando estas se utilicen para diferentes proyectos que formen parte de una operación o en fases sucesivas de una operación) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como a las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados. Segundo. Entidades beneficiarias. De conformidad con lo establecido en el apartado 4.a).1º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras, que determina las personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y la posibilidad de delimitarlas en la Convocatoria, de entre las establecidas en este apartado, podrán ser entidades beneficiarias: a) Las entidades de formación, inscritas como tales en el Registro Estatal, o Autonómico, de entidades de formación. b) Las entidades sin ánimo de lucro, inscritas en el registro que corresponda en su caso. c) Las empresas de inserción, definidas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, e inscritas en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción, conforme a lo previsto en el artículo 5.b) de esta ley. d) Las corporaciones locales y entidades locales autónomas andaluzas, así como las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, siempre que las actuaciones se realicen en el marco de la colaboración público-privada con empresas donde se lleve a cabo la inserción laboral. Tercero. Concepto subvencionable. 1. En virtud de lo dispuesto en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras, el concepto subvencionable será el desarrollo de los Proyectos Integrales para favorecer la inserción laboral de las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo pertenecientes a los colectivos vulnerables destinatarias de este Programa, conforme a lo previsto en el Resolutorio Sexto de esta convocatoria. 2. Los Proyectos Integrales se compondrán de acciones para la atención, entre las que se…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion19 de noviembre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total100.000.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcesion directa: concedida sin concurso publico
FinalidadFomento del Empleo
Sector economicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Cofinanciada por la UESi

Informacion completa

Bases reguladorasOrden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las BBRR para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa Proyectos Integrales para la Inserción Laboral
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionAutonomica
Ultima actualizacion BD2026-07-19T07:24:00.539632