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LA CAMPAÑA COMERCIAL "RASCA Y GANA. FUENTE ÁLAMO VIVO"

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE LA CAMPAÑA COMERCIAL "RASCA Y GANA. FUENTE ÁLAMO VIVO"

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 870437

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 5.085 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BASES REGULADORAS DE LA CAMPAÑA PROMOCIONAL “RASCA Y GANA – FUENTE ÁLAMO VIVO” El Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia tiene entre sus principales prioridades y competencias, dinamizar y promocionar el comercio local como motor fundamental de la economía local. Por ello, desde la Concejalía de Comercio con la colaboración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se organiza la campaña “Rasca y Gana - Fuente Álamo Vivo”. Esta campaña tiene como objetivo principal potenciar el consumo en los comercios de nuestro municipio, a través de unos bonos, colaborando tanto en el gasto familiar de los ciudadanos como impulsando el consumo local y fomentando la actividad comercial durante la celebración de la I Feria de Comercio y Hostelería “Fuente Álamo Vivo”. Esta campaña va dirigida a los establecimientos comerciales del municipio de Fuente Álamo de Murcia que participaron en la I Feria del Comercio, cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva conforme a lo previsto en las presentes bases. 1.Objeto y finalidad. El Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia, a través de la concejalía de Comercio, organiza la campaña “Rasca y Gana – Fuente Álamo Vivo”, con el objetivo de impulsar las compras y el consumo local, fomentar la promoción del comercio del municipio y dinamizar la actividad económica local en el marco de la I Feria de Comercio y Hostelería “Fuente Álamo Vivo”. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, sujetándose a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas de diferente Administración que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del gasto subvencionado, de acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 2.- Legislación aplicable. Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General reguladora de las Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia (BORM, Nº 86 de 16/04/2013), y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. 3.- Beneficiarios. 3.1.- Participantes. Podrán participar de forma gratuita y voluntaria todos los residentes y visitantes del municipio de Fuente Álamo, mayores de 18 años, que realicen compras en los stands de los comercios adheridos a la campaña. 3.2. Comercios. Podrán ahderirse a esta iniciativa tanto las personas físicas o jurídicas, y las comunidades de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica que desarrollen alguna actividad comercial o empresarial en el término municipal de Fuente Álamo de Murcia, y que cumplan los siguientes requisitos: Cumplir los requisitos generales establecidos en el art. 6 de la Ordenanza de Subvenciones. Que el comercio haya dispuesto de estand en la I Feria de Comercio y Hostelería «Fuente Álamo Vivo», celebrada en la Ronda del Mediodía durante los días 17, 18 y 19 de octubre de 2025. No incurrir en ninguno de los motivos de exclusión establecidos en el art. 8 de la Ordenanza de Subvenciones. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia. No podrán obtener la condición de beneficiarios en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estar en posesión de la correspondiente licencia de apertura, o haber presentado en el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada, la declaración responsable o comunicación previa que le habilita para el ejercicio de la actividad indicada. En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. La agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que trascurra el plazo de prescripción a que hacen referencia los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los comercios adheridos que pusieron estand en la I Feria del Comercio para poder ser beneficiarios de esta campaña han tenido que cumplir las siguientes obligaciones: - Exhibir el distintivo de participación en lugar visible. - Entregar los rascas a sus clientes conforme a estas bases. - Aceptar los rascas premiados como medio de pago, descontando su importe de la compra o consumición. 4. Desarrollo de la campaña. Los clientes que realizaron una compra por un importe igual o superior a 20 € en cualquier estand situado en la Feria de Comercio y Hostelería «Fuente Álamo Vivo» recibieron un rasca promocional dotada con uno de los posibles premios que se repartirán durante la campaña. Cada “rasca” es válido para un solo uso, siendo necesaria su presentación sin deteriorar y debidamente sellado por el comercio que lo entrega. El comercio sella todas las tarjetas que entregue a sus clientes, y los premios de dichas tarjetas solo podrán canjearse en cualquiera de…

Organismo convocante

FUENTE ÁLAMO DE MURCIA — AYUNTAMIENTO DE FUENTE ÁLAMO DE MURCIA

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Comercio

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación21 de noviembre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económicoJ - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total5.085 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza general reguladora de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia.

Bases reguladoras ↗