Resolución de 10 de diciembre 2025 de la D.G. de Promoción y Fomento del Turismo y la Hostería por la que se convocan para 2025, las ayudas previstas en la orden de 27 de julio de 2017, que aprueba las Bases Reguladoras para la concesión de subv MUNITUR
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4.874.626 euros
1 de diciembre de 2025
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: ANDALUCIA. Presupuesto total: 4.874.626 euros. Concesion directa: concedida sin concurso publico.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identificador): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio. Primero. Convocatoria Se convocan para el ejercicio 2025, las ayudas previstas en la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía. Dichas bases han sido modificadas mediante la Disposición final primera de la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de 26 de junio) y mediante la disposición final primera de la Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turísticocultural de Andalucía (PATCUL). Segundo. Entidades beneficiarias. Municipios que ostenten una declaración como "Municipio Turístico de Andalucía" otorgada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La declaración como "Municipio Turístico de Andalucía" deberá estar vigente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Tercero. Objeto. Constituye el objeto de la presente línea de subvenciones el fomento del patrimonio turístico-cultural, promoviendo la calidad en la prestación de los servicios municipales al conjunto de las personas turistas. A tal efecto, serán objeto de subvención aquellas actuaciones que vayan dirigidas a la mejora de la calidad de los espacios públicos de interés turístico-cultural dotando de material o equipamiento esos espacios, a alcanzar la accesibilidad universal de los recursos turístico-culturales de forma que se permita su disfrute por todas las personas de acuerdo con el principio de "Diseño para Todos", a la recuperación y puesta en valor turístico de elementos del patrimonio cultural, a la creación y mejora de infraestructuras turísticas en espacios de interés turístico-cultural, la mejora de la señalización turística en áreas y paisajes culturales, la adaptación a las nuevas tecnologías de los recursos turísticoculturales y la implantación de rutas turísticas en áreas y paisajes culturales, tales como rutas gastronómicas, las que favorezcan el conocimiento de las actividades basadas en los sectores primarios, entre otras. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía, cuyo cuadro resumen se recoge en el Anexo I de la Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía (PATCUL) (conforme a la Corrección de errores publicada en el BOJA núm. 132, de 9 de julio de 2024). Quinto. Importe. La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado en las partidas presupuestarias indicadas a continuación, en la cuantía total máxima de 4.874.625,52 €, CONCEPTO PRESUPUESTARIO IMPORTE 1600010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2026 2.437.312,76 euros 1600010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2027 2.437.312,76 euros El porcentaje máximo de la subvención será de hasta el 100% del proyecto subvencionable, siempre que no supere la cuantía máxima correspondiente al 8% sobre la participación de cada una de ellas, en el ejercicio 2024, en el Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (PATRICA). Dado que actualmente se encuentran declarados un total de 53 Municipios Turísticos de Andalucía, el número de beneficiarios máximo será de 53, para el supuesto de que todas las subvenciones concedidas ascendieran a la cuantía máxima indicada. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo. Otros datos. Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la resolución de convocatoria, figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria y se podrá acceder a ellos a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios disponible en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía. También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 3 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de diciembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 4.874.626 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concesion directa: concedida sin concurso publico |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector economico | 84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en r.concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T06:25:07.305510 |