Ayuda complementaria seguros agrarios c.madrid pólizas 01/01/26 al 31/12/26
Denominación oficial: AYUDA COMPLEMENTARIA SEGUROS AGRARIOS C.MADRID PÓLIZAS 01/01/26 al 31/12/26
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 1,8 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo para seguros agrarios en la Comunidad de Madrid. Pueden solicitarla grandes empresas, pymes y particulares que tengan una explotación agrícola o ganadera en la región, que ya hayan contratado un seguro agrario combinado y que hayan recibido la subvención de ENESA para pagar la prima. El plazo para presentar la solicitud es el 31 de diciembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (código de identificación): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Primero Beneficiarios. Serán beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones agrarias cuyas parcelas o cabezas de ganado se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid, que hayan asegurado dichas explotaciones mediante la suscripción de seguros agrarios combinados incluidos en los correspondientes Planes anuales que para cada ejercicio apruebe el Consejo de Ministros y que, a su vez, hayan sido beneficiarios de la subvención concedida por ENESA al pago de la prima. Segundo Objeto. Establecer el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid, así como, declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico de esta ayuda para las pólizas que se suscriban entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, así como posibles regularizaciones de pólizas vigentes efectuadas dentro del indicado plazo. Tercero. Período subvencionable. Serán subvencionables las pólizas de seguros agrarios suscritas dentro de los Planes Nacionales de Seguros Agrarios desde el 01 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, así como las posibles regularizaciones efectuadas en dicho periodo respecto de pólizas vigentes de planes anteriores. De no aprobarse por la Comisión Europea la prórroga de la Decisiones de la Comisión Europea de 9 de abril de 2015 y de 28 de agosto de 2015 [Ayuda n.º SA.42697 (2015/N)] y prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2025 (Ayuda n.º SA 116309 (2024/N)) tan sólo se subvencionarán las pólizas de seguros agrarios suscritas hasta el 31 de diciembre de 2025. Cuarto Régimen jurídico. Estas ayudas se regirán por lo establecido en: _ Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados. _ Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados. _ Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario. _ Plan de Seguros Agrarios Combinados que se apruebe cada año. _ Convenio suscrito con ENESA de 29 de octubre de 2021 y prorrogado por adenda por un plazo de cuatro años contado a partir del 3 de noviembre de 2025. _ (y) Convenio de colaboración suscrito entre la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, SA (AGROSEGURO) y la Comunidad de Madrid para la gestión de estas ayudas de 2 de julio de 2021 y prorrogado por adenda por un plazo de cuatro años contado a partir del 3 de julio de 2025. Quinto Cuantía y financiación de las ayudas. La cuantía de la ayuda a conceder por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior consistirá en un porcentaje sobre el recibo de prima de la póliza inicial y sus posteriores modificaciones. 1.1 Seguros para producciones agrícolas y forestales: Línea 307 Explotaciones de hortalizas al aire libre, ciclo otoño-invierno Península y Comunidad Autónoma de Islas Baleares Línea 309 Explotaciones cultivos herbáceos extensivos Línea 310 Explotaciones de frutos secosLínea 312 Uva de vinificación en Península y CCAA de Islas Baleares Línea 314 Explotaciones olivareras Línea 315 Explotaciones cultivos forrajeros Línea 318 Hortalizas aire libre, ciclo primavera-verano Península y CCAA de Islas Baleares Línea 319 Explotaciones forestales Línea 326 Explotaciones de cultivos industriales no textilesLínea 330 Explotaciones de ajo al aire libre en la Península y en la CCAA de Islas Baleares. 1.2 Seguros para producciones ganaderas: Línea 401 Explotaciones de ganado vacuno de reproducción y producción Línea 402 Explotaciones de ganado vacuno de cebo Línea 403 Explotaciones de ganado vacuno de lidia Línea 404 Explotaciones de ganado ovino y caprino Línea 407 Explotaciones de ganado aviar de puesta Línea 410 Seguro de compensación por pérdida de pastos Línea 415 Cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación Estas ayudas se concederán con cargo al subconcepto 47399 "A otras empresas Privadas" del Programa 411A del correspondiente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid, repartido de la siguiente forma: Pólizas suscritas entre el 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2026: -2025:0€ -2026: 940.000 € -2027: 860.000 € En el supuesto de que se agote el crédito presupuestario disponible para atender las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos, podrá ser ampliado en función de la disponibilidad presupuestaria mediante la correspondiente orden de ampliación de créditos presupuestarios disponibles. Su tramitación se realizará en la forma establecida en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. Sexto Información Complementaria. La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado, en su nombre, y formalizada con entidades o agentes autorizados integrados en AGROSEGURO, tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de los periodos de suscripción establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y se encuentre correctamente cumplimentada o haya sido subsanada, en su caso, por AGROSEGURO, tanto en lo que se refiere a elementos del contrato de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable, como en lo relativo a todos los datos necesarios para la determinación de la subvención correspondiente a la póliza suscrita, todo ello conforme al Convenio de…
Organismo convocante
COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 12 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Ver todas las ayudas para autónomos →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,8 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Otros documentos Ley 87_1978 seguros agrarios combinados ↗
- EXTRACTO de la Orden 4761/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establece el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de seguros agrarios en la C.M. y se declara el importe del crédito presupuestario por importe de 1.800.000 euros distribuido en las anualidades 2025, 2026 y 2027 para financiar pólizas suscritas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y posibles regularizaciones de pólizas vigentes. ↗
Bases reguladoras
REAL DECRETO 425/2016, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO AL SEGURO AGRARIO.