Abierta · quedan 54 díasAutonómicaAgricultura

11 de diciembre de 2025 por la que se convoca para el ejercicio 2026 la presentación de solicitudes de pago de la ayuda de los fondos y programas operativos por parte de las oopp de frutas y hortalizas PEPAC 23/27

Denominación oficial: Resolución de 11 de diciembre de 2025 por la que se convoca para el ejercicio 2026 la presentación de solicitudes de pago de la ayuda de los fondos y programas operativos por parte de las oopp de frutas y hortalizas PEPAC 23/27

Plazo de solicitud 31 de octubre de 2026
Estado Abierta · quedan 54 días
Código BDNS 874728

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 115,0 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de octubre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir: cualquier pyme o persona física que desarrolle una actividad económica en agricultura, pesca o alimentación en Andalucía puede solicitarla, siempre que cumpla los requisitos y haya fondos disponibles. No se comparan las solicitudes entre sí. La subvención se entrega en forma de dinero y no requiere devolución. La convocatoria está abierta hasta el 31 de octubre de 2026. El programa forma parte de los fondos europeos de la PAC y del desarrollo rural.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Resolución cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.: Primero. Se convoca la presentación de las solicitudes de pago para el ejercicio 2026 de la ayuda financiera comunitaria al amparo del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. LÍNEA MAPA LÍNEA DGADYM MEDIDAS SUBVENCIONABLES PERSONA BENEFICIARIA 080202010000350000001000252 B01610000252 2025 - SALDO - PROGRAMAS OPERATIVOS CON AYUDA SECTOR FRUTAS Y HORTALIZAS - R2021/2115 - 42(a) - O.35 - 1IS501800V1-001 OPFH 080202010000350000001000261 B01610000261 2026 - ANTICIPO - PROGRAMAS OPERATIVOS CON AYUDA SECTOR FRUTAS Y HORTALIZAS - R2021/2115 - 42(a) - O.35 - 1IS501800V1-001 OPFH 080202010000350000001000262 B01610000262 2026 - SALDO - PROGRAMAS OPERATIVOS CON AYUDA SECTOR FRUTAS Y HORTALIZAS - R2021/2115 - 42(a) - O.35 - 1IS501800V1-001 OPFH Segundo. Persona beneficiaria. Podrán presentar solicitudes de pago las personas beneficiarias que reúnan los siguientes requisitos: - Las Organizaciones de Productores reconocidas, en virtud de lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) n.º 2200/1996, las reconocidas por el artículo 125 ter del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 y las reconocidas por el artículo 154 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, y las asociaciones de organizaciones de productores, tanto transnacionales como no transnacionales, del sector de las frutas y hortalizas, reconocidas por los órganos competentes del Reino de España en virtud de los artículos 152 y 156 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, que tengan un programa operativo aprobado para su ejecución en las anualidades 2024 y/o 2025, según corresponda, y sobre las que se haya emitido la correspondiente Resolución por la que se aprueba el Programa Operativo, la Dotación del Fondo Operativo, y en su caso, de las modificaciones de año en curso. Todo ello, mediante la correspondiente Resolución de aprobación de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados. Tercero. Objeto. Establecer, para el ejercicio 2026 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria, para la presentación de las solicitudes de pago de la ayuda financiera comunitaria previstas en el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y en el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. Cuarto. Bases reguladoras. Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, así como el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. Quinto. Importe máximo por persona beneficiaria. No hay un importe máximo establecido para las personas solicitantes, el importe se establece sobre la base de las operaciones ejecutadas admisibles, las aportaciones realizadas y el valor de la producción comercializada. Sexto. Plazos de presentación de las solicitudes. 1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda para la ejecución de un fondo operativo será el siguiente, atendiendo al tipo de solicitud: a) Para los anticipos de la parte de ayuda correspondiente a los gastos previsibles aún no realizados, fondo operativo 2026, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto 857/2022 de 11 de octubre, deberán presentarse en enero, mayo y septiembre sobre una base cuatrimestral. b) Para los pagos parciales de ayuda correspondiente a importes ya gastados, regulados en el artículo 31 del Real Decreto 857/2022 de 11 de octubre, podrán presentarse tres veces hasta el 31 de octubre de la anualidad en curso. c) Para las solicitudes de ayuda financiera, o de su saldo, a las que hace referencia el artículo 32 del Real Decreto 857/2022 de 11 de octubre, correspondiendo el saldo de la…

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de octubre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total115,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Reglamento (UE) nº 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021

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