Bases reguladoras del concurso para la concesión de subvenciones para el fomento del Termalismo Social Provincial de Ourense, correspondiente al ejercicio 2026
Denominación oficial: Bases reguladoras del concurso para la concesión de subvenciones para el fomento del Termalismo Social Provincial de Ourense, correspondiente al ejercicio 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Ourense. Presupuesto: 150.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo que te permite acceder a los servicios de los balnearios de Ourense para fomentar el termalismo social. No tienes que competir con otras solicitudes: si cumples los requisitos y presentas la solicitud, la recibirás mientras haya fondos disponibles. Está dirigida a personas que no desarrollan actividad económica y la concede la Diputación Provincial de Ourense. No exige devolución del dinero.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Bases reguladoras del concurso para la concesión de subvenciones para el fomento del Termalismo Social Provincial de Ourense, correspondiente al ejercicio 2026. Objeto y beneficiarios. Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación de la concesión de subvenciones destinadas al fomento del Termalismo Social Provincial de Ourense en las instalaciones balnearias de la provincia de Ourense, mediante concurrencia no competitiva, a través del procedimiento previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, y en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ourense (BOP nº 260, del 12 de noviembre de 2015). La concesión de ayudas a las que se refiere esta convocatoria se realizará de forma continua, hasta agotar el presupuesto previsto, según la orden de recepción de las solicitudes y bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Relación de los programas de estancias y tratamientos subvencionados. Períodos de realización de las estancias. A través del procedimiento regulado en las presentes bases, la Diputación Provincial de Ourense concederá subvenciones para los siguientes programas: 1.Programa de Termalismo Saludable: este programa abarca dos modalidades: a. A. Azul, estancias balnearias, (con o sin servicio de transporte en tren) b. B. Tratamientos terapéuticos sin estancia. Con el contenido que se describe en el apartado correspondiente. 2.Programa de Cultura Termal. Implica estancias balnearias durante un fin de semana con entrada el sábado y salida el domingo. Programa de Respiro Termal. Este Programa implica el acceso a estancias termales colectivas que tendrán una duración mínima de 2 días (1 noche), y máxima de 16 días (15 noches), e incluirán estancias de las personas participantes en los establecimientos balnearios de la provincia de Ourense en régimen de pensión completa, posibilidad de consulta médica y programa de mejora emocional, cada turno que los balnearios quieran establecer de esta modalidad del programa requerirá autorización previa del Área de Benestar que se pronunciará sobre los días de duración. Programa Termal contra la Soledad No Deseada y otras situaciones sociales. Este Programa implica el acceso a una terapia termal colectiva que será definida por el establecimiento que la desarrolle. Se dirigirá a grupos, de, como máximo, 20 personas, con una duración mínima de 6 meses y máxima de 9 meses según lo que proponga cada establecimiento. Para el acceso a este programa se establecerán las siguientes vías: A. Acuerdo con las entidades locales municipales o entidades sin ánimo de lucro. Los ayuntamientos/mancomunidades o entidades sin ánimo de lucro podrán solicitar el acceso a uno de los Programas dentro de los que proponga cada establecimiento participante. La selección de las personas participantes en cada programa, será realizada por los servicios sociales municipales o por los técnicos de la entidad sin ánimo de lucro y bajo los criterios que estos tengan para identificar las situaciones de “soledad no deseada” o de la situación social que corresponda. B. Teleasistencia Provincial. - Las personas usuarias que cumplan los parámetros de “situación de soledad no deseada” o de la situación social que corresponda de este servicio de la Diputación de Ourense, podrán acceder a estos Programas, de los que serán informados telefónicamente y, caso de ser de su interés, tendrán un/una “asistente telefónico” que gestionará su participación. C. Área de Benestar. - Las personas interesadas en participar en el programa de Soledad no Deseada y que no puedan acceder a través de su entidad local de residencia, del servicio de Teleasistencia Provincial Domiciliaria o de la entidad social que corresponda podrán solicitar directamente en el Área de Benestar su inclusión en un Programa de Soledad no Deseada. El Área de Benestar podrá proponer la inclusión de las personas que así lo soliciten en alguno de los programas de Soledad No Deseada de entidad local o de teleasistencia provincial domiciliaria cuando queden plazas vacantes y cumplan los requisitos de acceso, a excepción de municipio de residencia o ser usuario/a de teleasistencia provincial domiciliaria. 5. Programa Termalismo Inclusivo. Este Programa implica el acceso a una terapia termal colectiva y personalizada que será definida por el establecimiento que la desarrolle bajo criterios sanitarios. Para el acceso a este programa se establecerán las siguientes vías: Acuerdo con una Entidad Sin Ánimo de Lucro que represente los intereses del colectivo que solicita la participación en el programa y así conste en su objeto social. Los requisitos de acceso se contemplarán en el convenio de referencia. Acuerdo con entidades locales municipales. Los ayuntamientos /mancomunidades de la provincia de Ourense podrán solicitar el acceso a uno de los Programas dentro de los que proponga cada establecimiento participante. La selección de las personas participantes en cada programa, será realizada por los servicios sociales municipales en atención a la aplicación de criterios de "inclusividad social e igualdad”. En este caso las personas participantes tendrán que ser residentes en el municipio solicitante. A través del Área de Benestar de la Diputación de Ourense. Las técnicas colectivas incluidas en este Programa tendrán la duración que se recoja en cada Acuerdo y que será, como mínimo, de una (1) jornada (1 día), y un máximo de 50 jornadas (50 días). La distribución temporal se realizará a criterio del establecimiento balneario o termal que suscriba cada convenio. La realización de todas las estancias, y/o recepción de los tratamientos subvencionados a través de estos Programas, tendrán lugar entre el día siguiente al de la publicación de estas bases, y hasta el 15 de diciembre de 2026. En el caso de programación de turnos especiales en diciembre y enero, estos necesitarán autorización previa del Área de…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE
Ámbito
Ourense
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 17 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 150.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras del concurso para la concesión de subvenciones para el fomento del Termalismo Social Provincial de Ourense, correspondiente al ejercicio 2026.