Convocatoria para el año 2026 de las ayudas a la movilidad para personas con diversidad funcional y/o en situación de dependencia convocadas por la concejalía de igualdad, servicios sociales, sanidad y educación
Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026 DE LAS AYUDAS A LA MOVILIDAD PARA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL Y/O EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA CONVOCADAS POR LA CONCEJALÍA DE IGUALDAD, SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y EDUCACIÓN.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 50.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de octubre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la puede recibir, siempre que haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo para personas con diversidad funcional o en situación de dependencia que tengan graves dificultades de movilidad. Sirve para financiar un medio de transporte alternativo que les permita desplazarse y participar en su entorno habitual. El plazo para presentar la solicitud termina el 31 de octubre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
ARTÍCULO 1.-OBJETO Mediante esta disposición se convocan las ayudas a la movilidad para personas con diversidad funcional y/o en situación de dependencia para el ejercicio 2026, destinadas a proporcionar un medio alternativo de transporte a aquellas personas, gravemente afectadas en su movilidad, que así lo acrediten, con el objeto de lograr la plena participación en su medio habitual. Las personas destinatarias deberán cumplir los requisitos establecidos en las BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS A LA MOBILIDAD PARA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL Y/O EN SITUACION DE DEPENDENCIA publicadas en el BOP nº 237 de 15 de Diciembre de 2017. Teniendo en cuenta el objeto y la finalidad de estas ayudas, el procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo establecido en artículo 19.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia. ARTÍCULO 2.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES El plazo de presentación estará abierto hasta el 31 de octubre de 2026 y, en todo caso, en el momento de agotarse el crédito presupuestario, lo que será publicado en el Boletín Oficial da Provincia mediante Resolución del órgano municipal competente. Las solicitudes se presentarán a través del formulario normalizado, acompañadas de la documentación preceptiva. ARTÍCULO 3.- CRÉDITO El importe total destinado a estas subvenciones es de 50.000 € y se harán efectivas con cargo a la aplicación 231.48903 del Presupuesto Municipal de 2026, quedando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente. La cuantía establecida en esta convocatoria podrá ser objeto de ampliación mediante resolución del órgano municipal competente y tendrá efecto después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. ARTÍCULO 4.- REQUISITOS Estar empadronada y residir en el municipio de Arteixo con una antigüedad de un (1) año, anterior a la apertura del plazo de la solicitud y permanecer de alta en el Padrón de habitantes municipal mientras perciba la ayuda. Tener reconocida la condición legal de diversidad funcional en grao igual o superior al 33%, y/o la situación legal de dependencia, mediante certificado emitido por el Organismo público correspondiente. Tener reconocido legalmente la situación de movilidad reducida o de dificultades en el uso diario de transporte público colectivo, y que así lo acredite el Certificado emitido por el Organismo público que compete. En el caso de que la persona solicitante esté en activo, no tener reconocido este tipo de beneficio por convenio colectivo, contrato laboral o cualquier otro título acreditativo. No tener derecho a este servicio de modo subvencionado, o no ser susceptible de tenerlo, en la totalidad del trayecto a realizar, a través de ISFAS, MUFACE o cualquier otra entidad pública o privada Si la persona es mayor de 18 años, no constar como titular de vehículo. Carecer de más de un (1) vehículo en la unidad de convivencia para su conducción, y en el caso de existir, podrán solicitar esta ayuda solamente para aquellos períodos en los que, por causas sobrevenidas debidamente acreditadas, no puedan ser utilizados. Que la renta per cápita (RPC) mensual de las personas computables, no sea superior al 175% del IPREM mensual vigente. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad social y con la hacienda autonómica y local, y no encontrarse inhabilitada para la obtención de subvención pública. No superar los 35km de radio entre el Concello de Arteixo y el destino solicitado. ARTÍCULO 5.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMINTO Y RESOLUCIÓN La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Servicios Sociales del Concello de Arteixo. Corresponde a la Concejala Delegada en materia de Igualdad, Servicios Sociales, Sanidad y Educación, su concesión o desestimación. ARTÍCULO 6.- DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA SOLICITUD DE LAS AYUDAS Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Concello de Arteixo, según el modelo oficial, acompañadas de la siguiente documentación: DNI o NIE en vigor, del solicitante o representante, de ser el caso, siempre y cuando no obre en su Historia social municipal. Certificado oficial de diversidad funcional y/o Dependencia en vigor, siempre y cuando no obre en su Historia social municipal. Certificado que acredite la movilidad reducida, o tener dificultades en el uso diario de transportes públicos colectivos, mediante certificado del Organismo público que corresponda. Declaración responsable, en el modelo oficial. Autorización al Concello para consultar los datos a la AEAT, y de ser posible, a la Tesorería de la Seguridad social, relativos al nivel de renta de todas las personas computables, y el cumplimiento de las obligaciones de la destinataria. En el caso de oponerse, deberá hacerlo constar en el cuadro habilitado a tal efecto en la solicitud y, al mismo tiempo, aportar los documentos. Si alguna de las personas computables, no está obligada a presentar la declaración del IRPF, o en el caso de necesitar verificación por parte del Concello, la justificación de los ingresos se efectuará mediante: Cuando sean susceptibles de percibir pensiones, prestaciones, subsidios o similares, cualquiera que sea su origen o naturaleza (planes de pensiones, seguros privados, pensiones del extranjero y otros), certificado emitido por los organismos correspondientes, indicando la cuantía mensual, de ser el caso, o extracto bancario de los últimos doce (12) meses que así lo acredite. En el caso de estar en edad laboral, inactivas y sin prestación, certificado de vida laboral. ARTÍCULO 7.- SUBSANACIÓN Y REFORMULACIÓN DE SOLICITUDES. Cando la solicitud no reúna los requisitos señalados en el artículo 66 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe la…
Organismo convocante
ARTEIXO — AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 19 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 50.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS PARA A CONCESIÓN DAS AXUDAS DE APOIO Á MOBILIDADE PARA PERSOAS CON DIVERSIDADE FUNCIONAL E/OU CON DEPENDENCIA ACREDITADA CONVOCADAS POLA CONCELLARÍA DE SERVIZOS SOCIAIS