LA SUBVENCIÓN PARA ACCIONES DE INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN EL COLECTIVO LGTBI, FOMENTANDO LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE ORIENTACIÓN SEXUAL, IDENTIDAD DE GÉNERO Y/O EXPRESIONES DE GÉNERO. EJERCICIO 2025
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE LA SUBVENCIÓN PARA ACCIONES DE INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN EL COLECTIVO LGTBI, FOMENTANDO LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE ORIENTACIÓN SEXUAL, IDENTIDAD DE GÉNERO Y/O EXPRESIONES DE GÉNERO. EJERCICIO 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Guadalajara. Presupuesto: 2.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Por resolución de alcaldía de 23 de diciembre de 2025 se ha aprobado la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones: PRIMERO.OBJETO Y FINALIDAD El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases que regulan la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar proyectos que tengan por objeto el fomento de la igualdad de trato y oportunidades y la no discriminación en personas pertenecientes al colectivo LGTBI durante el año 2025. SEGUNDO. BASES REGULADORAS La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº229, de fecha 28 de noviembre de 2025, bajo el título: “APROBACIÓN DEFINITIVA BASES REGULADORAS SUBVENIONES PARA ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN COLECTIVO LGTBI”. TERCERO. LÍNEAS DE ACTUACIÓN La presente subvención tiene como objetivo la promoción, sensibilización y no discriminación en colectivos LGTBI. Esta subvención se encuentra recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2025 del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, dentro de la línea Estratégica número 1 “Cohesión Social”. Esta línea se encuentra alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030: • Objetivo ODS 10 - Reducción de las desigualdades. • Meta 10.2 - Promoción de la inclusión social, económica y política. CUARTO. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS Podrán solicitar y ser beneficiarios de la subvención regulada en las presentes Bases las entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de aprobación de la correspondiente convocatoria, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, actividades en el ámbito propio el fomento de la igualdad de trato y oportunidades y la no discriminación en personas pertenecientes al colectivo LGTBI, siempre que reúnan los siguientes requisitos: • Estar domiciliadas en Azuqueca de Henares e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. • La actividad a subvencionar habrá de tener como destinatarios finales los vecinos y vecinas de Azuqueca de Henares y desarrollarse dentro del término municipal. • Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso. • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. • Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de Azuqueca deHenares. • No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La convocatoria, que se publicará en la BDNS y un extracto de esta, en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, según el procedimiento establecido en el artículo 20.8 LGS, expresará los requisitos para solicitar la subvención y la forma de acreditarlos, según el artículo 23.2 e) de LGS, para cuyo efecto indicará los documentos e informaciones que deben acompañarse a las solicitudes, tanto los establecidos en la LGS como el Reglamento de la LGS como los que procedan de acuerdo con la modalidad de subvención. QUINTO. FINANCIACIÓN Y PARTIDA PRESUPUESTARIA La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 2.000€, imputables a la partida presupuestaria 2311.489.01 del presupuesto municipal del Ejercicio 2025. SEXTO. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las
Organismo convocante
AZUQUECA DE HENARES — AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
Ámbito
Guadalajara
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases Reguladoras de la subvención para actividades de información y sensibilización en colectivo LGTBI