Abierta · quedan 52 díasAutonómicaEmpleo

De 23 de diciembre de 2025, de la C. de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo a través de las org. representativas de autónomos y de la econ. social

Denominación oficial: Orden de 23 de diciembre de 2025, de la C. de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo a través de las org. representativas de autónomos y de la econ. social

Plazo de solicitud 30 de octubre de 2026
Estado Abierta · quedan 52 días
Código BDNS 877791

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 200.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de octubre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud antes del 30 de octubre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de otros. No hay garantía de obtenerla solo por cumplir los requisitos. El objetivo es financiar itinerarios de mentoría y asesoramiento para personas que quieren crear un negocio propio o un proyecto colectivo en Castilla y León, priorizando el relevo generacional impulsado por mujeres. La subvención consiste en una entrega dineraria sin contraprestación, con un presupuesto total de 200 000 euros y está dirigida a organizaciones sin actividad económica propia.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero. Objeto y finalidad. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el año 2026 destinadas a la financiación de itinerarios dirigidos al fomento del relevo generacional en Castilla y León que realicen las entidades asociativas de trabajadores autónomos y de entidades de emprendimiento colectivo de la economía social, a través del desarrollo de actuaciones de mentoría y asesoramiento individualizados a personas emprendedoras que deseen realizar una actividad por cuenta propia o un emprendimiento colectivo en Castilla y León, según corresponda, primando el relevo impulsado por mujeres, dirigido a dar continuidad a un negocio viable. Segundo. Beneficiarios. 1.– Podrán tener la condición de beneficiarias: Línea I.- Las entidades asociativas de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico, que se encuentren legalmente constituidas, e inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Castilla y León. A los efectos de esta orden, se entiende por asociaciones de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, aquellas que cuenten con trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios. Línea II.- Serán beneficiarias las siguientes entidades asociativas de economía social: Entidades asociativas de cooperativas, de ámbito autonómico, que se encuentren inscritas en el Registro de Cooperativas de Castilla y León. Entidades asociativas de sociedades laborales que tengan ámbito autonómico y se encuentren legalmente constituidas y debidamente inscritas en el Registro administrativo correspondiente de Castilla y León. Tercero. Bases reguladoras. Orden IEM/619/2025, de 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo, con especial atención al emprendimiento femenino, a través de las organizaciones representativas del trabajo autónomo y del emprendimiento colectivo de la economía social (RELEVACYL Emprendimiento). (BOCyL n.º 114, de 17 de junio). Cuarto. Cuantía de la subvención. El importe de estas subvenciones podrá ser de hasta el 100 por ciento del coste de las actuaciones realizadas, y se calculará atendiendo a los gastos justificados y acreditados por la entidad, de entre los contemplados en el apartado sexto de esta convocatoria, para el desarrollo de los itinerarios realizados. La cuantía máxima a subvencionar en cada una de las líneas será de: 60.000 €, para los itinerarios realizados por las entidades asociativas de trabajadores autónomos (Línea I). 30.000 €, para los itinerarios realizados por las organizaciones representativas de cooperativas y sociedades laborales (Línea II). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el 4 de mayo de 2026 hasta el 15 de octubre de 2026, incluido.

Organismo convocante

CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO

Ámbito

CASTILLA Y LEON

Categoría

Empleo

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes4 de mayo de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de octubre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total200.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden IEM/619/2025, 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo a través de las org. representativas de autónomos y de la ec. social

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