Abierta · quedan 26 díasLocalVivienda

Convocatoria general de subvenciones 2026. Anexo nº 41: Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 26 días
Código BDNS 878286

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 300.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se trata de una subvención en dinero que el Ayuntamiento de Irun destina a personas que no tengan actividad económica para que mejoren la eficiencia energética de sus viviendas. Puedes solicitarla si cumples los requisitos y siempre que haya fondos, pero las solicitudes se evalúan y no está garantizado que la obtengas. El plazo para presentar la solicitud es hasta el 30 de septiembre de 2026. La ayuda cubre proyectos que reduzcan el consumo energético o mejoren la eficiencia de las instalaciones en el domicilio.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

AYUNTAMIENTO DE IRUN Área de Urbanismo, Movilidad y Desarrollo Sostenible Extracto de la Resolución nº 1648 de 29 de diciembre de 2025 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Irun, por la que se aprueba la convocatoria general de subvenciones 2026.Línea de subvención: Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética Toda la documentación e información relacionada con esta convocatoria puede consultarse en el Portal de Internet del Ayuntamiento de Irun www.irun.org. ObjetoEs objeto de las siguientes bases la regulación de las condiciones de concesión de ayudas económicas a actuaciones de mejora en materia de eficiencia energética: Proyectos orientados a la mejora de la eficiencia energética de los edificios residenciales en su conjunto, actuando tanto en la reducción de la demanda energética como en el aumento de la eficiencia de las instalaciones y en el fomento de la generación y uso de energías renovables destinadas a autoconsumo. Todo ello, con el objetivo de reducir el consumo de energía convencional térmica o eléctrica, en condiciones normales de funcionamiento y ocupación, así como las obras para llevarlas a cabo. Así mismo, también las obras que lleven a cabo actuaciones en el interior de las viviendas y locales individualmente, con el mismo objetivo. Beneficiarios/as y requisitos Dependiendo del ámbito donde se desarrolle la actuación, podrán obtener la condición de beneficiario:- En el caso de actuaciones en edificios residenciales: las personas físicas propietarias o Comunidades de propietarios de edificios en régimen de propiedad horizontal del inmueble sobre el que se propone la actuación. En el caso de las subvenciones destinadas a viviendas unifamiliares, podrán solicitar dichas ayudas las personas físicas propietarias o arrendatarias del inmueble sobre el que se propone la actuación.- Actuaciones en viviendas: las personas físicas propietarias o arrendatarias del inmueble sobre el que se propone la actuación.- Actuaciones en establecimientos comerciales: las personas físicas propietarias o arrendatarias del inmueble sobre el que se propone la actuación.- Actuaciones en empresas del sector industria y servicios: las empresas que ejerzan su actividad empresarial en el inmueble sobre el que se propone la actuación, siendo esa actividad compatible con la calificación y normativa urbanística de aplicación en la parcela en la que se residencia la planta industrial.En cualquiera de los supuestos quedan excluidas de estas subvenciones y, por tanto, no podrá ser beneficiaria persona alguna que haya ejecutado las actuaciones:- En edificios que ostenten la calificación RU-1, RP-10 o RP-24 según el vigente Plan General de Ordenación Urbana.- Sin licencia urbanística o contraviniendo sus condiciones si ésta existiera. Tales actuaciones se califican como clandestinas con aplicación del régimen jurídico previsto en la normativa vigente.Asimismo, podrán ser financiadas aquellas actuaciones terminadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 en los términos previstos en el anexo específico. En todo caso las actuaciones subvencionables vendrán referidas a edificios o instalaciones sitas en el término municipal de Irun. Dotación económica y cuantíaDotación presupuestaria: 300.000 euros.Aplicaciones presupuestarias: 1 0710.480.01.152.20. Plazo y forma de presentación de las solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 30 de septiembre de 2026.Las solicitudes se presentarán ante el Ayuntamiento de Irun a través del Servicio de Atención Ciudadana (SAC), Sede Electrónica Municipal o cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Organismo convocante

IRUN — AYUNTAMIENTO DE IRUN

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes22 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total300.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza general reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Irun

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General