Abierta · quedan 24 díasLocalVivienda

Convocatoria general de subvenciones 2026. Anexo nº 40: Subvenciones para la mejora de la accesibilidad

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 24 días
Código BDNS 878291

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 160.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Es una ayuda competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo, sin devolución, para financiar mejoras de accesibilidad en edificios, como la instalación de ascensores o la eliminación de escalones y otras barreras constructivas. La convocatoria está dirigida a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica y se aplica en el municipio de Irun, Gipuzkoa.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

AYUNTAMIENTO DE IRUN Área de Urbanismo, Movilidad y Desarrollo Sostenible Extracto de la Resolución nº 1648 de 29 de diciembre de 2025 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Irun, por la que se aprueba la convocatoria general de subvenciones 2026.Línea de subvención: Subvenciones para la mejora de la accesibilidad Toda la documentación e información relacionada con esta convocatoria puede consultarse en el Portal de Internet del Ayuntamiento de Irun www.irun.org. Objeto Es objeto de las siguientes bases la regulación de las condiciones de concesión de ayudas económicas a proyectos que definan actuaciones que solucionen, en la medida de lo posible, las dificultades del cumplimiento de la Ley de Accesibilidad y que provengan de la falta de ascensores, así como de la mala definición de los mismos por existencia de desniveles (escaleras) u otras barreras constructivas, dentro de los portales o en el umbral del acceso al portal, así como las obras para llevarlas a cabo. Así mismo, también aquellas actuaciones que, adapten el interior de las viviendas donde residan personas con discapacidad para la mejora de su calidad de vida, mejoren la accesibilidad a sus dependencias y eliminen obstáculos que impidan la movilidad en su interior, o favorezcan a la autonomía en otras situaciones de discapacidad dentro del hogar. Y, por último, también las actuaciones que faciliten en los locales comerciales una mayor adecuación a la normativa de accesibilidad. Quedan comprendidos desniveles salvados mediante escaleras sin soluciones alternativas. Son actuaciones que resuelvan, en la medida de lo posible, la existencia de diferentes niveles en el itinerario exterior y en el interior de los locales, mejoren la accesibilidad a sus dependencias y eliminen obstáculos que comprometan la movilidad en su interior. Beneficiarios/as y requisitos Dependiendo el ámbito donde se desarrolle la actuación, podrán obtener la condición de beneficiario:- En el caso de actuaciones en edificios residenciales: las personas físicas propietarias o Comunidades de propietarios de edificios en régimen de propiedad horizontal del inmueble sobre el que se propone la actuación. En el caso de las subvenciones destinadas a viviendas unifamiliares, podrán solicitar dichas ayudas las personas físicas propietarias o arrendatarias del inmueble sobre el que se propone la actuación.- Actuaciones en viviendas: las personas físicas propietarias o arrendatarias del inmueble sobre el que se propone la actuación.- Actuaciones en establecimientos comerciales: las personas físicas propietarias o arrendatarias del inmueble sobre el que se propone la actuación.En cualquier de los supuestos quedan excluidas de estas subvenciones y, por tanto, no podrá ser beneficiaria persona alguna que haya ejecutado las actuaciones:- En edificios que ostenten la calificación RU-1, RP-10 o RP-24 según el vigente Plan General de Ordenación Urbana.- Sin licencia urbanística o contraviniendo sus condiciones si ésta existiera. Tales actuaciones se califican como clandestinas con aplicación del régimen jurídico previsto en la normativa vigente.Asimismo, podrán ser financiadas aquellas actuaciones terminadas entre el 1 de noviembre de 2025 y 30 de septiembre de 2026 en los términos previstos en el anexo específico.En todo caso las actuaciones subvencionables vendrán referidas a edificios o instalaciones sitas en el término municipal de Irun. Dotación económica y cuantíaDotación presupuestaria: 160.000 euros.Aplicación presupuestaria: 1 0710.480.01.152.20. Plazo y forma de presentación de las solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 30 de septiembre de 2026.Las solicitudes se presentarán ante el Ayuntamiento de Irun a través del Servicio de Atención Ciudadana (SAC), Sede Electrónica Municipal o cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Organismo convocante

IRUN — AYUNTAMIENTO DE IRUN

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes22 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total160.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza general reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Irun

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General