21 DE ENERO DE 2026 Ayudas contratación Seguros Agrarios Combin.DTO 2026
Denominación oficial: ORDEN 21 DE ENERO DE 2026 Ayudas contratación Seguros Agrarios Combin.DTO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 12,5 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
TEXTO: BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones a la suscripción de pólizas de seguros agrarios, en el marco de los Planes de Seguros Agrarios Combinados cuadragésimo sexto (Plan 2025) y cuadragésimo séptimo (Plan 2026), para las modalidades de aseguramiento incluidas en el Anexo I de la Orden de convocatoria, contratadas desde el 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive. Con cargo al siguiente crédito presupuestario para los ejercicios 2026 y 2027: Partidas Presupuestarias Anualidad Importe 1200010000G/71B/47203/00 01 2026 11.500.000,00 euros 1200010000G/71B/47203/00 01 2027 1.000.000,00 euros Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. Segundo. Beneficiarios. Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones aquellas que cumplan los requisitos y condiciones exigidos por el artículo 3 de la Orden de 26 de octubre de 2023 y que no hayan renunciado a la misma mediante manifestación expresa en la póliza contratada. Tercero. Objeto. Aprobar la convocatoria para el ejercicio 2026, de las subvenciones a la suscripción de pólizas de seguros agrarios, en el marco del cuadragésimo sexto y cuadragésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados, contratadas desde el 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive, así como establecer las determinaciones en relación con estas subvenciones. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en el momento de la contratación (BOJA nº212 de 6 de noviembre de 2023). Quinto. Importe. 1. Las cuantías y los límites de las subvenciones de las pólizas contratadas durante el ejercicio 2026 se calcularán en base al artículo 4 de la Orden de 26 de octubre de 2023. Así mismo, en el Anexo I de la Orden de convocatoria se establecen los porcentajes a aplicar a la Prima Comercial Base Neta, para el cálculo de la subvención base, según la línea y el módulo de aseguramiento. 2. El límite máximo de subvención por póliza por parte de la Consejería competente en materia de agricultura, considerando la subvención base más las subvenciones adicionales, en caso de que procedan, será de 5.000 euros, salvo en el caso de las modalidades de contratación bienal de seguro para explotaciones de olivar, que será de 10.000 euros. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. La formalización de la correspondiente póliza de seguro en el ejercicio 2026, del Plan de Seguros Agrarios Combinados correspondiente tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre que corresponda a alguna de las líneas y modalidades de seguro indicadas en el Anexo I de la Orden de convocatoria. Séptimo. Otros datos. Los formularios y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25417 Sevilla, XX de XXXXX de 2026.-El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D.F. (disposición adicional tercera de la Orden 21.11.2022), la Viceconsejera , Consolación Vera Sánchez.
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 26 de enero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 12,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la JA a la suscripción de seguros agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en el momento de contra
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 28 AYUDAS DESTINADAS AL PAGO DE PRIMAS DE SEGUROS Y A CONTRIBUCIONES FINANCIERAS A FONDOS MUTUALES
Reglamento UE aplicable
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)