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Convocatoria pública para el otorgamiento de subvenciones para productos de primera necesidad y suministros de servicios básicos

Denominación oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD Y SUMINISTROS DE SERVICIOS BÁSICOS

Plazo de solicitud 15 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 87 días
Código BDNS 883738

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 5.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede de forma competitiva, así que hay que presentar la solicitud antes del 15 de diciembre de 2026 y las peticiones se evalúan entre sí; cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. La ayuda es una subvención en efectivo sin devolución que el ayuntamiento de Campllong destina a familias del municipio que no tengan actividad económica y que estén pasando apuros por la crisis y el alza de los precios de productos de primera necesidad. El fondo total es de 5 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

1. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se aprueban inicialmente por acuerdo de Pleno de 20 de enero de 2022 y se publican en el BOP de Girona núm. 18 de fecha 27 de enero de 2022. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se regirá por el régimen de concurrencia no competitiva hasta agotar el crédito de la partida presupuestaria. 2. Crédito presupuestario La aplicación presupuestaria contra la que se imputan las subvenciones es la 231 48002 atenciones benéficas y asistenciales del presupuesto municipal de 2026 y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de cinco mil euros. 3. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención El objeto de la subvención es ayudar a las familias del municipio que sufren dificultades económicas a consecuencia de la crisis general y el aumento de precio de los suministros básicos. 4. Requisitos para solicitar las subvenciones y forma de acreditarlos 1. Acreditar la residencia en el municipio de Campllong con anterioridad a la fecha de aprobación de estas bases de subvenciones. 2. Acreditar por unidades familiares o de convivencia, unos ingresos mensuales que no superen los umbrales de la siguiente tabla: Número de personas integrantes de la unidad familiar - Nivel máximo de ingresos mensuales 1 - 950 € 2 - 1.425 € 3 - 1.520 € 4 - 1.615 € 5 - 1.710 € 6 - 1.805 € 7 o mas - 1.900 € Como tipología de ingresos se tendrán en cuenta los siguientes: - Ingresos del trabajo por cuenta ajena - Beneficios y pérdidas del trabajo por cuenta propia - Pensiones, subsidios y prestaciones sociales - Ingresos percibidos por menores en concepto de pensiones de alimentos. En caso de que la unidad familiar esté sujeta al pago de alquiler o hipoteca por la vivienda familiar, el importe de los ingresos mensuales debe considerarse deduciendo el importe de este gasto con un tope 350 €. Se considerará unidad familiar o de convivencia a efectos de estas bases, las constituidas por un grupo de convivencia común -según el padrón municipal- por vínculo de matrimonio o una relación estable análoga; o de parentesco por consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado; o bien por nombramiento legal como tutor. Atendiendo a la tipología de estas ayudas y su especificidad concreta de prestaciones sociales, para obtener la condición de beneficiario no es necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la LGS. 5. Órgano competente por la instrucción y resolución El órgano competente para la instrucción del expediente será el/la concejal/a responsable del área de salud y bienestar social u otra persona en quien delegue, junto con un auxiliar administrativo del Ayuntamiento. El órgano competente para la resolución de las subvenciones será la Alcaldía. 6. Plazo de presentación de solicitudes y documentación Los interesados ​​pueden formular la correspondiente solicitud ante el Ayuntamiento desde el día siguiente a la apertura de la convocatoria, hasta el 15 de diciembre del año de la convocatoria o hasta agotar el crédito de la aplicación presupuestaria vinculada a la subvención. A la solicitud de la subvención deberá adjuntarse la documentación que consta en las bases reguladoras de la subvención. 7. Periodo subvencionable Se pueden solicitar las ayudas por gastos de fecha 15 de diciembre de 2025 hasta el 15 de diciembre de 2026. 8. Plazo de resolución y notificación El plazo de resolución y notificación de cada concesión será como máximo de un mes desde que se aporte toda la documentación requerida por el Ayuntamiento o los Servicios Sociales Básicos de atención primaria, salvo casos especialmente complejos debidamente justificados. 9. Fin de la vía administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. Contra esta resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la recepción jurisdicción contencioso-administrativa. 10. Medios de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán en el lugar y por medio que el solicitante haga constar a tal efecto en su solicitud, teniendo en cuenta lo que se establece en el art. 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La publicidad de la convocatoria se realizará mediante la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Organismo convocante

CAMPLLONG — AYUNTAMIENTO DE CAMPLLONG

Ámbito

Girona

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación28 de enero de 2026
Fecha inicio de solicitudes15 de diciembre de 2025
Fecha fin de solicitudes15 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD26 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total5.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA GASTOS DE PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD Y DE SUMINISTROS Y SERVICIOS BÁSICOS