Bases reguladoras por la que se establece la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda para jóvenes en el municipio de oñati
Denominación oficial: BASES REGULADORAS POR LA QUE SE ESTABLECE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA PARA JÓVENES EN EL MUNICIPIO DE OÑATI
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 32.500 €. Se puede solicitar hasta el 11 de octubre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo para cubrir parte del alquiler de la vivienda habitual de jóvenes de 18 a 35 años que vivan en Oñati. Se concede de forma competitiva, por lo que tienes que presentar la solicitud antes del 11 de octubre de 2026 y tu expediente será comparado con los de los demás solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El total disponible es de 32.500 euros y está dirigida a personas que no tengan actividad económica.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
AYUNTAMIENTO DE OÑATI Anuncio CONVOCATORIA DE 2026 DE LAS AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA PARA JÓVENES EN EL MUNICIPIO DE OÑATI En la Junta de Gobierno Local celebrada el 22 de enero de 2026, se ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo: De conformidad a la Disposición Final Cuarta de la Ley 2/2006, del 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, que tiene por objeto que las Administraciones Públicas fomenten e impulsen el alquiler de viviendas para determinados colectivos sociales con problemas para acceder a una vivienda. De conformidad con el art. 17.37 de la Ley 2/2016 de 7 de abril de Instituciones Locales de Euskadi, es competencia propia de los Ayuntamientos la planificación, ordenación y gestión de políticas de juventud. Las presentes ayudas pretenden contribuir en parte del pago de alquiler de la vivienda destinada a domicilio habitual de jóvenes entre 18 y 35 años (ambos incluidos) que dispongan de una vivienda en régimen de alquiler o se comprometan a hacerlo antes del 11 de octubre del año en curso en el término municipal de Oñati. La subvención se otorgará según las condiciones establecidas en las presentes bases, para el gasto de alquiler asumido por el beneficiario durante un mínimo de doce meses, siempre y cuando dichas condiciones se mantengan durante dicho periodo de tiempo. En su virtud, la Junta de Gobierno local, a propuesta de la Comisión de Infancia y Juventud, y previa deliberación,ACUERDA: Primero: Aprobar la convocatoria correspondiente a 2026 de las citadas subvenciones. 1. Financiación: La dotación económica para la concesión de subvenciones reguladas en la presente convocatoria será la señalada para la partida 1.1200.481.337.20.02.2026 (5060) y su nivel de vinculación 2. Plazo de presentación de solicitudes en el año 2026: Las solicitudes para acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Guipúzcoa, previa publicación en la BDNS, y hasta el día 11 de octubre de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015 y en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679, el Ayuntamiento de Oñati, a través del nodo de interoperabilidad Nisae, consultará directamente la información necesaria para verificar los requisitos establecidos para estas ayudas. La persona solicitante tendrá opción a oponerse a esa verificación, en cuyo caso deberá presentar la documentación pertinente. Segundo: Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él Recurso Contencioso- Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer Recurso Potestativo de Reposición ante la Junta Municipal de Gobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente. Lo que se publica para general conocimiento.
Organismo convocante
OÑATI — AYUNTAMIENTO DE OÑATI
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de enero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 12 de febrero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; I - HOSTELERÍA |
| Última actualización BD | 26 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 32.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS POR LA QUE SE ESTABLECE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA PARA JÓVENES EN EL MUNICIPIO DE OÑATI