Bases convocatòria per a la concessió de subvencions per fomentar projectes i accions de promoció i dinamització del comerç local, anualitat 2026
Denominación oficial: BASES CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS PER FOMENTAR PROJECTES I ACCIONS DE PROMOCIÓ I DINAMITZACIÓ DEL COMERÇ LOCAL, Anualitat 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Lleida. Presupuesto: 80.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo, sin pedir nada a cambio, para impulsar proyectos y acciones que impulsen y dinamicen el comercio local en Lleida. La convocatoria es competitiva: debes presentar la solicitud antes del 31/12/2026 y tu propuesta será evaluada junto a otras. Cumplir los requisitos no garantiza que la recibas. Pueden presentarla grandes empresas, pymes, autónomos y personas o entidades que no tengan actividad económica. El fondo disponible asciende a 80 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS ( ): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria , el texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) Las determinaciones básicas de la convocatoria son las siguientes: Primero.- Beneficiarios Pueden concurrir a la convocatoria objeto de estas bases las asociaciones y federaciones de asociaciones de comerciantes legalmente acreditadas e inscritas, con anterioridad a la fecha de plazo de presentación de solicitudes, en el Registro de entidades jurídicas del Departamento competente de la Generalidad de Cataluña, inscritas bajo la clasificación específica de COMERCIO-COMERCIANTES, (https://justicia.gencat.cat/ca/serveis/guia_d_entitats/#) y que agrupen establecimientos comerciales de los municipios de la demarcación para financiar actuaciones de promoción y dinamización del comercio local. Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, los solicitantes deben cumplir los requisitos y las condiciones generales que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Segundo.- Objeto Estas bases - convocatoria tienen por finalidad estructurar y fijar los criterios y el procedimiento para conceder subvenciones del Patronato de Promoción Económica de la Diputación de Lleida, en adelante el Patronato, para fomentar las actuaciones de dinamización que favorezcan el comercio local, impulsadas por las agrupaciones de comerciantes de los municipios de la demarcación. Las iniciativas presentadas deben beneficiar al máximo de público posible y garantizar el acceso a la información y deben tener un impacto directo sobre el fomento de la actividad comercial y se enmarcarán en uno de los ámbitos siguientes: a) Refuerzo del comercio local. Acciones que promuevan la venta o el conocimiento de un bien o servicio, con un interés para el consumidor y que refuercen la identidad del territorio. Se valorará la promoción de la venta de productos elaborados por productores de la red que promueve el Patronato que tiene el objetivo de dar a conocer los alimentos locales y de calidad de nuestro territorio. Se valorará si las acciones presentadas se desarrollan fuera de la temporada de máxima afluencia de público y si para llevar a cabo la acción la entidad mantiene vínculos de colaboración con otros entes, públicos o privados, del ámbito cultural, educativo, social, medioambiental, etc. b) Asociación. Acciones para la profesionalización de la asociación: contratación de un gerente/ dinamizador, realización de un retail tour (recorrido para conocer otros ejemplos comerciales), etc. Se valorará si las acciones presentadas se desarrollan a nivel supramunicipal, es decir, dando servicio a más de una población. Tercer.- Bases reguladores 1. El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de mayo de 2022, aprobó inicialmente la modificación de las Bases generales reguladoras del otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida y de sus organismos autónomos reformulando las Bases aprobadas por el Pleno de 15 de octubre de 2020, a los efectos de incorporar la posibilidad de poder tramitar Bases Convocatoria conjuntamente, siempre que estas bases no tengan la vocación de incorporarse a la normativa propia de la Diputación de Lleida, sino que tengan una aplicación temporal limitada y tengan como objeto concretar el marco normativo aplicable a un procedimiento concreto de concesión de una subvención. Estas Bases se aprobaron definitivamente y se dejó constancia mediante su publicación en el BOP número 159 de 19 de agosto de 2022. 2. La presente convocatoria incorpora las bases contenientes en las regulaciones particulares del procedimiento de concesión, de acuerdo con la posibilidad prevista en el artículo 23.2.a) de la Ley general de subvenciones. Cuarto.- Crédito presupuestario y cuantía de las subvenciones 1. El presupuesto máximo que se destina para la concesión de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria es de 80.000,00 € (Ochenta mil euros) correspondiente al ejercicio 2026. 2. No podrán otorgarse subvenciones por importe global superior al citado. 3. El crédito presupuestario irá a cargo a la aplicación presupuestaria 2026 073 433 4890000, Ayudas a ESAL para la promoción económica . La cuantía definitiva se determinará en el acto que apruebe la resolución de dichas ayudas. El importe de las subvenciones no podrá ser inferior a 1.000,00 € ni superior a los 3.000,00 €, sin que en ningún caso esta cantidad supere el 60% del presupuesto de la actuación. Este importe mínimo se podrá reducir de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la convocatoria, sin que en ningún caso supere el tope del 60% del gasto justificado. La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de Crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión. Quinto.- Solicitud 5.1 Cada peticionario debe presentar una única solicitud mediante el modelo normalizado, disponible en la web del Patronato en el momento en que sea vigente la convocatoria. 5.2 El plazo de presentación será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida a través de la Base de Datos Nacional de subvenciones (BDNS). Las solicitudes deben presentarse por la Sede electrónica del Patronato de Promoción Económica de la Diputación de Lleida 5.3 La solicitud de subvención se hará por medio de un formulario dirigido a la Presidencia del Patronato, de acuerdo con el modelo que se encuentra en la web del Patronato, https://promocioeconomica.cat/serveis/ajuts-i-subvencions/, que deberá ser rellenado electrónicamente. Este formulario de solicitud y la documentación que deba adjuntarse deberá presentarse a través de la instancia genérica del apartado…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA — PATRONAT DE PROMOCIÓ ECONOMICA
Ámbito
Lleida
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de enero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 26 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 80.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL PATRONATO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA DE LA DIPUTACIÓN DE LLEIDA POR EL QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES PARA FOMENTAR PROYECTOS Y ACCIONES DE PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN DEL COMERCIO LOCAL, Anualidad 2026. ↗
Bases reguladoras
BASES GENERALS REGULADORES DE L`ATORGAMENT DE SUBVENCIONS DE LA DIPUTACIÓ DE LLEIDA I ELS SEUR ORGANISMES AUTÒNOMS (CC)